Resolución Nº DAL-275 ADM-2006 de 21 de noviembre de 2006, "UTILIZAR EL REMANENTE DE LOS RECURSOS FINANCIEROS DEL PROGRAMA DE RECONVERSION AGROPECUARIA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, COMO APOYO A LOS PRODUCTORES DE PLATANO EFECTADOS POR VIENTOS HURACANADOS"

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO

RESOLUCIÓN Nº DAL-275 ADM-2006 DE 21 DE NOVIEMBRE DE 2006

EL MINISTRO DE DESARROLLO AGROPECUARIO,

en uso de sus facultades legales,

C O N S I D E R A N D O:

Que mediante la Resolución de Gabinete Nº8 de 11 de enero de 2006 se adoptan medidas en relación con el uso de fondos remanentes del Programa de Apoyo a la Reconversión Agropecuaria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario

Que el artículo 1 de la Resolución de Gabinete Nº 8 de 2006, dispone del uso de los remanentes de los recursos financieros del Programa de Reconversión Agropecuaria, para apoyar la reposición de capital en las actividades agropecuarias.

Que en el ciclo agrícola 2005-2006 de los productores de plátano de la provincia de Chiriquí la producción del rubro fue afectada por vientos huracanados acaecidos durante el mes de julio de 2006, ocasionando la pérdida de la cosecha con el consiguiente perjuicio económico.

Por lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

PRIMERO: Utilizar el remanente de los recursos financieros del Programa de Reconversión Agropecuaria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, hasta la suma de B/.800,000.00 (ochocientos mil balboas) como apoyo a los productores de plátano afectados por vientos huracanados en la provincia de Chiriquí, a razón de B/.0.375 por planta.

SEGUNDO: Se utilizará como base del cálculo del apoyo a recibir por productor afectado, el documento denominado Acta de Certificación Técnica de Plantas Pérdidas, levantado por la Dirección Regional de Servicios Agropecuarios de la Región Nº 1, Chiriquí, del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, el cual contiene la siguiente información: nombre, cédula, y firma del técnico agropecuario que verificó la cantidad de plantas afectadas, nombre, cédula y firma del productor, ubicación del cultivo, detalles de la parcela (superficie sembradas, plantas afectadas), ubicación de la finca por distrito, corregimiento y localidad por el sistema de geo-referencia (GPS).

TERCERO: De conformidad al resultado del levantamiento de las actas de referencia, se procederá a hacer efectivo el apoyo...

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