Acuerdo Nº 33 de 29 de diciembre de 2008, 'POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA EL PRESUPUESTO DE RENTAS Y GASTOS DEL MUNICIPIO DE RENACIMIENTO PARA EL PERIODO DE 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009.'

CONSEJO MUNICIPAL DE RENACIMIENTO

ACUERDO NÚMERO TREINTA Y TRES (33)

DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2008.

POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA EL PRESUPUESTO DE RENTAS Y GASTOS DEL MUNICIPIO DE RENACIMIENTO PARA EL PERIODO DE 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009.

EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE RENACIMIENTO EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y:

CONSIDERANDO:

Que el Presupuesto es un acta de Gobierno Municipal que contiene el plan operativo y preparado de conformidad con los Planes de mediano y largo plazo, basado en las actividades Municipales coordinado con los planes de Desarrollo Nacional, sin perjuicio en la autonomía Municipal, para dirigir sus propias inversiones que de acuerdo a la Ley es competencia de esta cámara legislativa, aprobar el presupuesto de Rentas y Gastos presentado por el señor Alcalde del Distrito.

Por lo anterior expuesto el Concejo Municipal de Renacimiento en uso de sus facultades Legales:

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO

Apruébese el Presupuesto del Municipio de Renacimiento para la vigencia fiscal del 01 de Enero al 31 de Diciembre de 2009, con los aumentos respectivos así:

INGRESOS: 594,444.00

1. Ingresos Corrientes B/.579,444.00

1.1 Ingresos Tributarios 356,365.00

1.2 Ingresos No Tributarios 173,079.00

1.4 Saldo en Caja 50,000.00

2. Ingresos de Capital 15,000.00

EGRESOS: 594,444.00

0. Servicios Personales B/. 223,318.00

1. Servicios no Personales 64,877.00

2. Materiales y Suministro 41,530.00

3. Equipo 2,734.00

6. Transferencia Corriente 235,824.00

9. Asignaciones Globales 26,161.00

DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LA EJECUCION PRESUPUESTARIA 2009 DE LOS INGRESOS. Artículos SEGUNDO a 20
ARTICULO SEGUNDO

Los Funcionarios Recaudadores, procederán a cobrar créditos a favor del Municipio por impuestos, contribuciones y tazas, productos de bienes Municipales e Ingresos de cualquier naturaleza que no hayan sido cubiertos y que debieron cubrirse durante las vigencias anteriores, conforme los acuerdos, leyes sentencias ejecutadas y las reglamentadas respectivamente.

ARTÍCULO TERCERO

Los excedentes que se obtengan de las recaudaciones se destinaran referentemente a las recaudaciones de la deuda pública, si hubiese el cumplimiento del plan de inversiones, si no se ha programado otra forma de utilización.

DEL RECONOCIMIENTO DE LOS GASTOS:

ARTICULO CUARTO

Los créditos a cargo del Tesoro Municipal durante el periodo fiscal a que se refiere este acuerdo, serán reconocidos y pagados de conformidad con las disposiciones que se hace en las sumas presupuestarias. No Obstante el pago en otra forma. La Tesorería se ajustara a lo establecido en las leyes respectivas.

DE LAS DESIGNACIONES TRIMESTRALES Y CONTROL DE LOS GASTOS:

ARTICULO...

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