Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 20 de Diciembre de 2013

PonenteAlejandro Moncada Luna
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2013
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: La firma Jaén y Asociados en representación de OXYVITAL DE PANAMÁ, S.A. interpuso demanda contencioso administrativa de reparación de daños, para que se condene al Patronato San M.A. (Estado panameño), al pago de cien mil dólares (B/.100,000.000) en concepto por daños y perjuicios, materiales y morales causados por violación directa de la norma del Contrato de Arrendamiento No. 001-CMHS-2006 suscrito entre las partes. Antecedentes 1. Los hechos y la demanda Según se sigue de las constancias que integran el presente expediente, los hechos que dan origen a la controversia pueden sintetizarse así: 1- El 1 de septiembre de 2006, el Patronato del Hospital San M.A. y OXYVITAL DE P.S.A. (Centro de Medicina Hiperbárica y Subacuática), suscribieron el contrato de arrendamiento No. 001-CMHS-2006. 2- El objeto del precitado contrato consiste en dar en arrendamiento al Centro de Medicina Hiperbárica y Subacuática, un espacio físico de ciento setenta y cuatro metros (174.00m) ubicado en el área de fisioterapia del Hospital San M.A.. 3- A la par, se establece en la cláusula séptima del contrato de arrendamiento, que ambas partes acuerdan que el Patronato del Hospital San M.A. suministrará oxigeno médico clase C, tipo II, norma DGNTI-COPANIT-77-99R, al área arrendada durante su vigencia. 4- Según, OXYVITAL DE P.S.A. (Centro de Medicina Hioperbarica y Subacuática), el día 31 de octubre de 2006, el Patronato del Hospital San M.A. le cortó por siete (7) días el suministro del oxígeno médico clase C, tipo II, norma DGNTI-COPANIT-77-99R, que abastecía las cámaras hiperbáricas. 5- La pretensión formulada por la parte actora consiste en que se le obligue a pagar al Patronato del Hospital San M.A., por razón de los daños y perjuicios ocasionados por incumplimiento del Contrato de Arrendamiento No. 001-CMHS-2006, la suma de cien mil balboas con 00/100 (B/.100,000.00). IINormas que se estiman infringidas El apoderado legal de la parte actora señala que la disposición violada de forma directa es el contenido de la cláusula séptima y su respectivo parágrafo del contrato de arrendamiento No. 001-CMHS-2006, toda vez que el Patronato del Hospital San M.A. se comprometió a no interrumpir el abastecimiento de oxigeno médico clase C, tipo II, norma DGNTI-COPANIT-77-99R, para el funcionamiento de las cámaras hiperbáricas, interrupción que no fue fortuita o accidental, sino provocada durante siete (7) días en el mes de octubre de 2006, lo que provocó un daño a las tres cámaras hiperbáricas propiedad de OXIVITAL DE PANAMÁ. S.A. III Posición de la Entidad Demandada De la demanda instaurada se corrió traslado al Patronato del Hospital San M.A., para que rindiera su informe explicativo de conducta que fue remitido mediante nota sin número, en la...

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