Resolución AN N° 1325-ADM. Por la cual se aprueba el "procedimiento para atender solicitudes de cancelación de autorización de uso de frecuencias (auf), p-asep-uac-18, versión 1.0.

Fecha de publicación25 Abril 2024
Fecha12 Abril 2024
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 30018-B Gaceta Oficial Digital, jueves 25 de abril de 2024 1
Resolución
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-ADM
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de 2024
"Por la cual se aprueba el "Procedimiento para Atender Solicitudes
de
Cancelación
de
Autorización
de
Uso
de
Frecuencias (AUF), P-ASEP-UAC-18, Versión
1.0"
EL
DIRECTOR EJECUTIVO
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1.
Que mediante Decreto Ley No. 1Ode22 de febrero de 2006, se reestructuró el Ente Regulador
de los Servicios Públicos como organismo autónomo del Estado, con personería jurídica,
patrimonio propio, y competencia para regular y controlar la prestación de los servicios
públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad,
telecomunicaciones, radio y televisión, así como la distribución y transmisión de gas natural;
2.
Que de conformidad con
lo
que establece el artículo 22 del Texto Único de la Ley No. 26 de
29 de enero de 1996, adoptado mediante Decreto Ejecutivo No.143 de
29
de septiembre de
2006, las funciones generales de administración de la Autoridad Nacional de los Servicios
Públicos serán llevadas a cabo por el Director Ejecutivo, que es
de
libre nombramiento y
remoción por el Administrador, y ejerce sus funciones bajo la supervisión general del
Consejo de Administración;
3.
Que, en congruencia con
lo
expresado en el considerando anterior, el numeral 9 del artículo
22-A del Texto Único de la Ley No. 26 de 1996, establece que el Director Ejecutivo tiene
entre sus atribuciones, llevar a cabo las funciones generales de administración y dirección
ejecutiva de la Autoridad;
4.
Que la Oficina de Desarrollo Institucional (ODI) de esta Autoridad Reguladora ha diseñado
y estructurado el "Procedimiento para Atender Solicitudes
de
Cancelación
de
Autorización
de
Uso
de
Frecuencias (AUF), P-ASEP-UAC-18, Versión 1.0", mismo que luego de ser
revisado por las unidades administrativas correspondientes, cuenta con el respectivo visto
bueno, en virtud de que consideran que el referido procedimiento describe la forma en que
actualmente se realizan las actividades que dicho documento detalla;
5.
Que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, en aras de implementar el
"Procedimiento para Atender Solicitudes
de
Cancelación
de
Autorización
de
Uso
de
Frecuencias (AUF), P-ASEP-UAC-18, Versión
1.
O", debe aprobarlo mediante Resolución
motivada y publicarla en la Gaceta Oficial, conforme
lo
establecido en el artículo 46 de la
Ley No.
38
de
31
de julio de 2000, con
el
propósito de que sea de obligatorio cumplimiento
para los servidores públicos encargados de aplicarlo;
6.
Que de conformidad con
lo
que establece
el
numeral
11
del artículo 22 del Texto Único de
la Ley No.26 de
29
de enero de 1996, corresponde al Director Ejecutivo realizar, en general,
todos los actos jurídicos y administrativos necesarios para cumplir con la administración
de
la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, motivo por el cual:
RESUELVE:
PRIMERO: APROBAR el "Procedimiento para Atender Solicitudes
de
Cancelación
de
Autorización
de
Uso
de
Frecuencias (AUF), P-ASEP-UAC-18, Versión 1.0", contenido en
el
ANEXO A
de
la presente Resolución Administrativa,
de
la cual fonna parte
inte~.
No. 30018-B Gaceta Oficial Digital, jueves 25 de abril de 2024 2
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TERCERO: ESTABLECER que la presente Resolución Administrativa regirá a partir de su
publicación.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley No.26 de 29 de enero de 1996; Decreto Ley No. l O de 22
de febrero de 2006; Ley No.38 de
31
de
julio de 2000.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
irector
Ejecuti;r;
El
presente
documento
es
ftel
copfa
de
su
originar,
seg0it
...
consta
en
los
archivos
centrallzados
de
la
Autoridad
Nacional
de
los
Servidos
públicos.

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