Resolución AN N° 17327-RTV. Por la cual se prorroga la vigencia de la concesión otorgada a la sociedad corporación medcom panama, s.a., para que continúe prestando el servicio de radio abierta. tipo a, identificado con el no. 801, a través de las frecuencias 90.9 mhz desde cerro cinco; 90.9 mhz desde volcán barú; 96.9 mhz desde cerro cinco; 97.1 mhz desde cerro canajagua; 106.1 mhz desde volcán barú; 106.3 mhz desde cerro santa rita; 106.3 mhz desde cerro canajagua y 106.3 mhz desde cerro calidonia.

Fecha de publicación20 Junio 2022
Fecha06 Diciembre 2021
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29560 Gaceta Oficial Digital, lunes 20 de junio de 2022 1
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AUTORIDAD
NACIONAL
DE
LOS
SERVICIOS
PÚBLICOS
AN
No.
j3
-RTV
Panamá,
y
de
c.....,-4’c
de
2021
“Por
la
cual
se
prorroga
la
vigencia
de
la
concesión
otorgada
a
la
sociedad
CORPORACIÓN
MEDCOM
PANAMA,
S.A.,
para
que
continúe prestando
el
Servicio
de
Radio
Abierta.
Tipo
A,
identificado
con
el
No. 801,
a
través
de las
frecuencias
90.9
MHz
desde
Cerro
Cinco;
90.9
MHz
desde
Volcán
Barú;
96.9
MHz
desde
Cerro
Cinco;
97.1
MHz
desde
Ceno
Canajagua;
106.1
MHz
desde
Volcán
Barú;
106.3
MHz
desde
Cerro
Santa
Rita;
106.3
MHz
desde
Cerro
CanajagLia
y
106.3
MHz
desde
Cerro
Calidonia.”
EL
ADMINISTRADOR GENERAL,
en
uso
de
sus
facultades
legales,
CONSIDERANDO:
Que
el
Decreto
Ley
No.
10
de
22
de
febrero
de
2006,
reorganizó
la
estructura
del
Ente
Regulador
de
los
Servicios Públicos,
bajo
el
nombre
de
Autoridad
Nacional
de
los
Servicios
Públicos,
como
organismo
autónomo
del
Estado,
encargado
de
controlar,
regular
y
fiscalizar
la
prestación
de
los
servicios
de
agua
potable,
alcantarillado
sanitario,
electricidad,
telecomunicaciones,
radio
y
televisión,
así
como
los
de
transmisión
y
distribución
de gas
natural;
2.
Que
a
través
de
Ja
Ley
No.
24
de
30
de
junio
de
1999,
reglamentada
por
los
Decretos
Ejecutivos
No.
189
de
13
de
agosto
de
1999
y
No.
1
JI
de
9
de
mayo
de
2000,
se
establece
el
régimen
jurídico
aplicable
a
los
servicios públicos
de
radio
y
televisión;
3.
Que
es
función
de
la
Autoridad
Nacional
de
los
Servicios Públicos
otorgar,
en
nombre
del
Estado,
las
concesiones,
licencias
y
autorizaciones,
para
prestar
los
servicios
públicos
de
radio
y
televisión
y
velar
por
Ja
eficaz
utilización
de
las
frecuencias
asignadas
a
cada
una
de
las
concesiones
que
sean
otorgadas
para estos
servicios;
4.
Que
la
citada
Ley
24
de
1999,
en
el
artículo
18,
establece
que
las
concesiones
para
operar
estaciones
de
radio
o
de
televisión
tendrán
una
vigencia
de
veinticinco
(25)
años,
que
se
prorrogarán
automáticamente
por
periodos
adicionales
y
consecutivos
de
veinticinco
años
cada
uno,
siempre
que
el
concesionario
se
encuentre cumpliendo
Jos
requisitos
y
obligaciones
que
establezcan
la
Ley,
sus
reglamentos
y
las
resoluciones
que
emita
Ja
Autoridad
Nacional
de
los
Servicios Públicos;
5.
Que
el
artículo
32
del
Decreto
Ejecutivo
No.
189
de
13
de
agosto
de
1999,
que
cstableee
el
Procedimiento
de
Prórroga
de las
concesiones
de
los
servicios
de
Radio
y
Televisión,
señala
entre otras cosas,
que
los
concesionarios
deberán
presentar
sus
respectivas solicitudes
de
prórroga
automática
entre
los
dos
(2)
y
cuatro
(4)
años
antes
del
vencimiento
de
sus
respectivas
concesiones
y
que
para
ello,
se
deberán utilizar
los
períodos
que
esta Autoridad
abra para
el
otorgamiento
de
concesiones
Tipo
B.
Asimismo,
dispone
que
a
la
Autoridad
Nacional
de
los
Servicios
Públicos
le
corresponde
definir, mediante
resolución motivada,
los
criterios
que
deben
cumplir
los
concesionarios
de
los
Servicios Públicos
de
Radio
y
Televisión,
para
determinar
si
cumplen
con
todos
los
requisitos
y
obligaciones
que
establecen
la
Ley,
su
Reglamento
y
las
Resoluciones
que
emita
la
Autoridad
Nacional
de
los
Servicios Públicos;
6.
Que
con
ftndamento
en
lo
anterior,
esta
Autoridad Reguladora emitió
la
Resolución
AN
No.
1
6403-RTV
de
19
de
octubre
de
2020,
a
través
de
la
cual
se
establecieron
los
requisitos
que
deben
cumplir
los
concesionarios
de
los
Servicios
de
Radio
y
Televisión,
para solicitar,
sin
costo
alguno,
la
prórroga automática
de
sus
respectivas
concesiones. Mediante
la
Resolución
AN
No.
16553-RTV
de
16
de
diciembre
de
2020,
se
fijó
el
periodo
comprendido
del
4
al
8
de
octubre
de 2021, para
que
las
concesionarias
pudieran
presentar
dichas
solicitudes
de
prórroga;

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