Resolución AN N° 17400-Elec. Por la cual se aprueba la propuesta de modificación a la metodología procedimiento para el cálculo de la disponibilidad de generadores para el mercado mayorista de electricidad (dis).

Fecha de publicación04 Marzo 2022
Fecha12 Enero 2022
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29488-A Gaceta Oficial Digital, viernes 04 de marzo de 2022 1
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AUTORIDAD
NACIONAL
DE
LOS
SERVICIOS
PÚBLICOS
Resolución
AN
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Panamá,
ji
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de
2022
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-/41
“Por
la
cual
se
aprueba
la
propuesta
de
modificación
a
la
Metodología
Procedimient/
para
el
Cálculo
de
la
Disponibilidad
de
Generadores
para
el
Mercado
Mayi%st&
de
Electricidad
(DIS).”
EL
ADMINISTRADOR GENERAL,
en
uso
de
sus
fhcultades
legajes,
CONSIDERANDO:
1.
Que
mediante
el
Decreto
Ley
10
de
22
de
febrero de 2006,
se
reorganizó
la
estructura
del
Ente
Regulador
de
los
Servicios Públicos,
bajo
el
nombre
de
Autoridad
Nacional
de
los
Servicios Públicos,
corno
organismo
autónomo
del
Estado,
encargado
de
regular
y
controlar
la
prestación
de
los
servicios
públicos
(le
abastecimiento
de
agua potable,
alcantarillado
sanitario, electricidad,
telecomunicaciones,
radio
y
televisión,
así
como
la
transmisión
y
distribución
de
gas
natural;
2.
Que
la
Lcy
6
de
3
de
febrero
de
1997,
modificada
por
el
Decreto
Ley
10
de
26
de
febrero
de
1998,
por
la
cual
se
dieta
el
Marco
Regulatorio
e
Institucional
para
la
prestación
del
Servicio Público
de
Electricidad,
establece
el
régimen
al
que
se
sujetarán
las
actividades
de
generación,
transmisión, distribución
y
comercialización
de
energía eléctrica,
destinadas
a
la
prestación
del
servicio
público
de
electricidad;
3.
Que
mediante
Resolución
No.
JD-605
de
24
de
abril
de
1998
y
sus
modificaciones,
esta
Autoridad
Reguladora
aprobó
las
Reglas
Comerciales
para
el
Mercado
Mayorista
de
Electricidad,
en
adelante Reglas Comerciales,
con
la
finalidad
de
contar
con
normas
claras
y
precisas
que
garanticen
la
transparencia
del
mercado
y
de
sus
precios;
4.
Que
el
numeral
1.1.1.4 de
las
Reglas
Comerciales
establece
que
la
implementación
de
dicha norma
se
realizara
a
través
de
Manuales Detallados
de
Procedimiento,
denominados Metodologías
de
Detalle,
los
cuales
serán
desarrollados
por
el
CND
con
el
apoyo
del
Comité
Operativo
y
la
colaboración
de
los
Participantes
del
Mercado. Dichas
Metodologías
deberán
respetar
los
criterios,
principios
y
procedimientos
generales
que
se
establecen
en
las
Reglas
Comerciales
y
contener
todo
el
detalle
necesario
para
garantizar predictihilidad
y
transparencia
así
como
evitar
conflictos
de
interpretación;
5.
Que
el
numeral
15.4.1.7
de las
referidas
Reglas
Comerciales
indica que
el
procedimiento
para
elaboración
o
ajuste
y
aprobación
de
una
Metodología
es
el
siguiente:
5.1.
‘Las propuestas
o
modificaciones
de
Metodologías
las
elaborará
ci
CND.
quien
puede
solicitar
el
apoyo
al
Comité
Operativo.
Una
vez
se
tenga
la
propuesta,
las
mismas
deberán
ser
presentadas
al
Comité
Operativo
mediante
un
informe
que
incluya
su
justificación
y
las
reglas
cuyo
detalle
implementa.
5.2.
El
Comité
Operativo tendrá
un
plazo
no
mayor
de
20
días
calendario
después
de
recibido
el
informe
del
CND
para
aprobar,
modificar
o
rechazar
las
propuestas,
lo
cual
hará
a
través
de
un
Informe
de
Metodología
que
será
remitido
al
CND.
Excedido
este
plazo
sin
que
se
presente
el
referido
informe,
se
entenderá
que
el
Comité
Operativo
está
de
acuerdo
con
la
propuesta
del
CND.
No. 29488-A Gaceta Oficial Digital, viernes 04 de marzo de 2022 2
Resolución
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Página
2
de
2
5.3.
El
CND,
en
un
plazo
no
mayor
de
7
días
calendario después
de
recibido
el
informe
del
Comité
Operativo, remitirá
a
la
ASEP
el
lnlbrme
Final
de
Metodología,
el
cual
incluirá
el
Informe
del
Comité
Operativo
y
las
Observaciones
yio
comentarios
que
tenga
dicho
infonne.”
6.
Que
mediante Nota
ETE-DCND-GNP-54-2019
de
29
de
octubre
de
2019,
el
Centro
Nacional
de
Despacho
remitió
una
propuesta
de
modificación
a
la
Metodología
Procedimiento
para
el
Cálculo
de
la
Disponibilidad
de
Generadores
para
el
Mercado Mayorista
de
Electricidad
(DIS)
por
medio
del
Informe
Final
de
Metodología
No.CND-07-201
9;
7.
Que
la
propuesta
de
modificación
tiene como
objetivo,
modificar
la
Metodología
(DIS)
añadiendo
al
artículo
(DIS.
5.5)
“Para
los
Contratos
de
Reserva
suscritos
por
un
Participante,
el
CND
deberá
calcular
la
potencia
media
contratada,
sumando
la
potencia
diaria
contratada
para
los
días
correspondientes
al
periodo
de
horas
de
punta
y
dividirlo sobra
la
base
del
total
de
los
días
correspondientes
al
periodo
de
horas punta”,
dicha
modificación
fue
aprobada
con
el
Comité
Operativo
(CO)
y
aprobada
mediante
Informe
de
Metodología
No.CO-07-20l9.
8.
Que
en
atención
a
lo
antes
expuesto
en
lo
establecido
en
el
numeral
15.4.1.8
de
las
Reglas
Comerciales,
corresponde
a
la
Autoridad
Nacional
de los
Servicios
Públicos aprobar,
modificar
o
rechazar
la
propuesta
incluida
en
el
Informe
Final
de
la
‘Metodología
Procedimiento
para
el
Cálculo
de
la
Disponibilidad
de
Generadores
para
el
Mercado
Mayorista
de
Electricidad
(DIS).”
9.
Que
esta
Autoridad
Reguladora,
Luego
de
analizar
la
propuesta
de
la
Metodología
en
cuestión,
considera
que
la
misma cumple
con
los
requisitos establecidos
en las
Reglas
Comerciales,
por
lo
que;
RESUELVE:
PRIMERO:
APROBAR
la
propuesta
de
modificación
(le
la
Metodología
Procedimiento
para
eL
Cálculo
de
la
Disponibilidad
de
Generadores
para
el
Mercado
Mayorista
de
Electricidad
(DIS),
cuyo
texto
unificado
se
transcribe
en
el
ANEXO
A
de
la
presente
Resolución,
el
cual
forma
parte integral
de
la
misma.
SEGUNDO:
ADVERTIR
que
la
presente
Resolución
rige
a
partir
de
su
notificación
y
contra
la
misma
cabe
el
Recurso
de
Reconsideración,
el
cual
debe
interponerse
dentro
del
término
de
cinco
(5)
días
hábiles, siguientes
a
su
notificación.
FUNDAMENTO
DE
DERECHO:
Ley
26
de
29
(Le
enero de
1996,
modificada
por
el
Decreto
Ley
10
de
22
de
febrero
de
2006;
Texto
Unico
de
la
Ley
6
de
3
de
febrero
de
1997;
Decreto
Ley
10
de
26
de
febrero
de
1998;
Decreto
Ejecutivo
22
de
19
de
junio
de
1998,
Resolución
No.
JD-605
de
24
de
abril
de
1998
y
sus
modificaciones
y
demás
disposiciones
concordantes;
NOTIFÍQUESE,
PROMÚLGUESE
Y
CÚMLASE,
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ARMNDO
FUENTES
RODRÍGUEZ
/
Administrador
General
No. 29488-A Gaceta Oficial Digital, viernes 04 de marzo de 2022 3
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