Resolución AN N° 17402-Elec. Por la cual se aprueba la propuesta de modificación a la metodología para la administración del sistema de medición comercial (mam).

Fecha de publicación07 Marzo 2022
Fecha19 Enero 2022
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29489-A Gaceta Oficial Digital, lunes 07 de marzo de 2022 1
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de- L?a’nwntct
AUTORIDAD NACIONAL
DE
LOS
SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución
AN
No.fl402.-Elcc
Panamá,
jq
de
.QttU&&’
de
2022
“Por
la
cual
se
aprueba
la
propuesta
de
modificación
a
la
Metodología
para
la
Administración
del
Sistema
de
Medición
Comercial
(MAM).”
EL
ADMINISTRADOR GENERAL
en
uso
de
sus
facultades
legales,
CONSIDERANDO:
1.
Que
mediante
el
Decreto
Ley
10
de
22
de
febrero
de
2006,
se
reorganizó
la
estructura
del
Ente
Regulador
de
los
Servicios Públicos
bajo
el
nombre
de
Autoridad
Nacional
de
los
Servicios
Públicos
como
organismo
autónomo
del
Estado,
encargado
de
regular
y
controlar
la
prestación
de
los
servicios
públicos
de
abastecimiento
de
agua potable,
alcantarillado
sanitario,
electricidad,
telecomunicaciones,
radio
y
televisión,
así
como
la
transmisión
y
distribución
de
gas
natural;
2.
Que
la
Ley
6
de
3
de
febrero
de
1997,
“Por
la
cual
se
dicta
el
Marco
Regulatorio
e
Institucional
para
la
Prestación
del
Servicio
Público
de
Electricidad,”
y
sus
modificaciones,
establecen
el
régimen
al
cual
se
sujetarán
las
actividades
de
generación,
transmisión,
distribución
y
comercialización
de
energía
eléctrica, destinadas
a
la
prestación
del
servicio
público
de
electricidad,
y
fue
reglamentada
mediante
Decreto
Ejecutivo
22
de
19
de
junio
de
1998;
3.
Que
el
numeral
1
del
artículo
9
del
Texto
Único
de
la
Ley
6
de
3
de
febrero
de
1997,
le
atribuye
a
la
Autoridad Nacional
de
los
Servicios Públicos
la
función
de
regular
el
ejercicio
de las
actividades
del
sector
de
energía
eléctrica, para
asegurar
la
disponibilidad
de
una
oferta
energética
eficiente, capaz
de
abastecer
la
demanda
bajo
criterios
sociales,
económicos
y
de
viabilidad
financiera,
así
como
propiciar
la
competencia
en
el
grado
y
alcance definidos
por
la
mencionada
Ley
e
intervenir
para impedir abusos
de
posición dominante
de
los
agentes
del
mercado;
4.
Que
mediante
Resolución
No.
JD-605
de
24
de
abril
de
1998
y
sus
modificaciones,
esta
Autoridad
Reguladora
aprobó
las
Reglas
Comerciales para
el
Mercado
Mayorista
de
Electricidad,
en
adelante
Reglas
Comerciales,
con
la
finalidad
de
contar
con
normas claras
y
precisas
que
garanticen
la
transparencia
del
mercado
y
de
sus
precios;
5.
Que
el
numeral
1.1.1.4
de
las
Reglas
Comerciales
establece
que
la
implementación
de
dicha
norma
se
realizará
a
través
de
Manuales Detallados
de
Procedimiento, denominados
Metodologías
de
Detalle,
los
cuales serán
desarrollados
por
el
CND
con
el
apoyo
del
Comité
Operativo
y
la
colaboración
de
los
Participantes
del
Mercado. Dichas
Metodologías
deberán
respetar
los
criterios, principios
y
procedimientos
generales
que
se
establecen
en
las
Reglas
Comerciales
y
contener
todo
el
detalle
necesario
para
garantizar
predictibilidad
y
transparencia,
así
como
evitar conflictos
de
interpretación.
En ese
sentido,
mediante
Resolución
AN
No.12378-Elec
de
18
de
mayo
de
2018
se
aprobó
la
última modificación
a
la
Metodología
para
para
la
Administración
del
Sistema
de
Medición Comercial
(MAM),
cuyo Anexo
A
contiene
el
texto
unificado
que
formaba
parte
integral
de
la
misma;
6.
Que
el
numeral
15.4.1.7
de
las
referidas
Reglas
Comerciales
indica
que
el
procedimiento
para
elaboración
o
ajuste
y
aprobación
de
una
Metodología
es
el
siguiente:
“15.4.1.7 El
procedimiento
para
elaboración
o
ajuste
y
aprobación
de
una
Metodología
es
el
siguiente:
a)
Las
propuestas
o
modfricaciones
de
Metodologías
las
elaborará
el
CND,
quien
puede
solicitar
el
apoyo
al
Comité
Operativo.
Una
vez
se
tengan
la.

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