Resolución AN N° 17653-RTV. Por la cual, la autoridad nacional de los servicios públicos modifica la resolución an no. 17323-rtv de 6 de diciembre de 2021, a través de la cual se prorrogó la vigencia de la concesión otorgada al concesionario frecuencias asociadas, s.a., para que continúe prestando el servicio de radio abierta tipo a, identificado con el no. 801, a través de las frecuencias 97.3 mhz desde volcán barú; 97.5 mhz desde cerro canajagua; 97.3 mhz desde cerro azul y 97.3 mhz desde cerro santa rita, vista la solicitud presentada por la asociación panameña de radiodifusión (apr).

Fecha de publicación02 Septiembre 2022
Fecha26 Mayo 2022
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29613 Gaceta Oficial Digital, viernes 02 de septiembre de 2022 1
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AUTORIDAD NACIONAL DE
LOS
SERVICIOS
PÚBLICOS
Panamá,
U de mayo de 2022
"Por la cual, la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos modifica la Resolución
AN
No.
17323-RTV de 6 de diciembre
de
2021, a través de la cual se prorrogó la vigencia de la concesión
otorgada al concesionario FRECUENCIAS ASOCIADAS, S.A.,
para
que continúe prestando el
Servicio
de
Radio Abierta Tipo
A,
identificado con el
No.
801, a través de las frecuencias 97.3
MHz desde Volcán Barú; 97.5 MHz desde Cerro Canajagua; 97.3 MHz desde Cerro
Azul
y 97.3
MHz desde Cerro Santa Rita, vista la solicitud presentada
por
la Asociación Panameña de
Radiodifusión (AP
R)
. "
EL
ADMINISTRADOR GENERAL,
en uso
de
sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
l.
Que el Decreto Ley No.
10
de 22 de febrero de 2006, reestructuró el Ente Regulador
de
los
Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP),
como organismo autónomo del Estado, con competencia para controlar, regular y fiscalizar
la prestación
de
los servicios
de
electricidad, agua potable, alcantarillado sanitario,
telecomunicaciones, radio y televisión, así como los de transmisión y distribución de gas
natural;
2.
Que a través de la Ley No. 24 de 30 de junio de 1999, reglamentada por los Decretos
Ejecutivos No.189 de
13
de agosto
de
1999y
1-:Jo.111
de 9
de
mayo de 2000, se establece el
régimen jurídico aplicable a los servicios, públicos
de
radio y televisión;
3.
Que
es
función de la Autoridad Nacional
de
l~s
Servicios Públicos otorgar, en nombre del
Estado, las concesiones, licencias y autorizaciones para prestar los servicios públicos de radio
y televisión y velar por la eficaz utilización de las frecuencias asignadas a cada una
de
las
concesiones que sean otorgadas para esto!s servicios;
4.
Que en el artículo
18
de la citada Ley No. 24 de 1999, se establece que las concesiones para
operar estaciones de radio o de televisión tendrán una vigencia de veinticinco (25) años, que
se prorrogarán automáticamente por periodos adicionales y consecutivos de veinticinco años
cada uno, siempre que el concesionario se encuentre cumpliendo los requisitos y obligaciones
que establezcan la Ley, sus reglamentos y las resoluciones que emita la Autoridad Nacional
de
los Servicios Públicos;
5.
Que el artículo 32 del Decreto Ejecutivo No. 189 de
13
de agosto de 1999, que establece el
Procedimiento de Prórroga de las concesiones de los servicios
de
Radio y Televisión, señala
entre otras ·cosas, que los concesionarios deben presentar sus respectivas solicitudes de
prórroga automática entre los dos (2) y cuatro ( 4) años antes del venr,imiento de sus
respectivas concesiones y que para ello, se deben utilizar los períodos
qu;:,
esta Autoridad
convoque para el otorgamiento de concesiones Tipo
B.
Asimismo, Jispone que a la
Autoridad Nacional
de
los Servicios Públicos le corresponde definir, rr.ediante resolución
motivada, los criterios que deben cumplir los concesionarios de los Servicios Públicos de
Radio y Televisión, para determinar si cumplen con todos los requisitos y obligaciones que
establecen la Ley, su Reglamento y las Resoluciones que emita la Autoridad Nacional de los
Serv~cios
Públicos;
6.
Que, con fundamento en lo anterior, esta Autoridad Reguladora emitió la Resolución AN
No. 16403-RTV de 19 de octubre de 2020, a través
de
la cual se establecieron los requisitos
que deben cumplir los concesionarios de los Servicios de Radio y Televisión, para solicitar,
sih
costo alguno, la prórroga automática
de
sus respectivas concesiones;
7. Que,
de
acuerdo con los registros de la ASEP, durante el proceso de prórroga convocado a
través
de
la mencionada Resolución
AN
No. 16403-RTV de 19 de
octubre
de 2020, se
emitieron las Autorizaciones para el Uso de Frecuencia (AUF) de ochenta (80) concesiones
de frecuencias
de
Radio Abierta, que corresponden a las treinta y cuatro (34) empresas
~

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