Resolución AN N° 17665-RTV. Por la cual, la autoridad nacional de los servicios públicos modifica la resolución an no. 16843-rtv de 19 de mayo de 2021, a través de la cual se prorrogó la vigencia de la concesión otorgada al concesionario corporación de inversiones privada, s.a., para que continúe prestando el servicio de radio abierta tipo a, identificado con el no. 801, a través de la frecuencia 89. 7 mhz desde cerro azul, vista la solicitud presentada por la asociación panameña de radiodifusión (apr).

Fecha de publicación19 Julio 2022
Fecha26 Mayo 2022
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29581 Gaceta Oficial Digital, martes 19 de julio de 2022 1
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AUTORIDAD NACIONAL DE
LOS
SERVICIOS PÚBLICOS
Panamá,
~de
mayo de 2022
"Por la cual, la Autoridad Nacional
de
los Servicios Públicos modifica la Resolución
AN
No.
16843-RTV
de
19
de
mayo
de
2021, a través
de
la cual se prorrogó la vigencia
de
la concesión
otorgada al concesionario
CORPORACIÓN
DE
INVERSIONES
PRIVADA,
S.A., para que
continúe prestando el Servicio
de
Radio Abierta Tipo
A,
identificado con el
No.
801,
a través
de
la frecuencia
89.
7 MHz desde Cerro Azul, vista la solicitud presentada
por
la Asociación
Panameña
de
Radiodifusión (APR)."
EL
ADMINISTRADOR GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1.
Que el Decreto Ley No. 1 O de 22 de febrero
de
2006, reestructuró el Ente Regulador de los
Servicios Públicos, bajo el nombre
de
Autoridad Nacional
de
los Servicios Públicos
(ASEP), como organismo autónomo del Estado, con competencia para controlar, regular y
fiscalizar la prestación
de
los servicios de electricidad, agua potable, alcantarillado
sanitario, telecomunicaciones, radio y televisión, así como los de transmisión y distribución
de gas natural;
2.
Que a través de la Ley No. 24 de
30
de
junio de 1999, reglamentada por los Decretos
Ejecutivos No.189
de
13
de
agosto
de
1999 y No.
111
de
9
de
mayo de 2000, se establece
el régimen jurídico aplicable a los servicios públicos de radio y televisión;
3.
Que es función
de
la Autoridad Nacional
de
lós Servicios Públicos otorgar, en nombre del
Estado, las concesiones, licencias y autorizaciones para prestar los servicios públicos de
radio y televisión y velar por la eficaz utilización de las frecuencias asignadas a cada una
de
las concesiones que sean otorgadas para estos servicios;
4. Que en el artículo
18
de la citada Ley No;
24
de 1999, se establece que las concesiones
para operar estaciones
de
radio o
de
televisión tendrán una vigencia de veinticinco (25)
años, que se prorrogarán automáticamente por periodos adicionales y consecutivos
de
veinticinco años cada uno, siempre que el concesionario se encuentre cumpliendo los
requisitos y obligaciones que establezcan la Ley, sus reglamentos y las resoluciones que
emita la Autoridad Nacional
de
los Servicios Públicos;
5.
Que el artículo 32 del Decreto Ejecutivo No. 189 de
13
de agosto de
19S
9,
que establece
el Procedimiento
de
Prórroga de las concesiones de los servicios de Ra·
iÍO
y Televisión,
señala entre otras cosas, que los concesionarios deben presentar sus resp ;ctivas solicitudes
de
prórroga automática entre los dos (2) y cuatro (
4)
años antes del ' encimiento de sus
respectivas concesiones y que para ello, se deben utilizar los
período::-
que esta Autoridad
convoque para el otorgamiento de concesiones Tipo B. Asimismo, dispone que a la
Autoridad Nacional de los Servicios Públicos le corresponde definir, mediante resolución
motivada, los criterios que deben cumplir los concesionarios
de
los Servicios Públicos de
Radio y Televisión, para determinar
si
cumplen con todos los requisitos y obligaciones que
establecen la Ley, su Reglamento y las Resoluciones que emita la Autoridad Nacional de
los Servicios Públicos;
6.
Que, con fundamento en
lo
anterior, esta Autoridad Reguladora emitió la
Resol~ción
AN
No. 16403-RTV de 19 de octubre de 2020, a través
de
la cual
se
establecieron los
requisitos que deben cumplir los concesionarios
de
los Servicios
de
Radio y Televisión,
para solicitar, sin costo alguno, la prórroga automática
de
sus respectivas concesiones;
~

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