Resolución AN N° 17666-RTV. Por la cual la autoridad nacional de los servicios públicos modifica la resolución an no. 17331-rtv de 6 de diciembre de 2021, a través de la cual se prorrogó la vigencia de la concesión otorgada a la concesionaria sertra bajo 0, s.a., para que continúe prestando el servicio de radio abierta tipo a, identificado con el no. 801, a través de la frecuencia 104.1 mhz desde volcán barú, provincia de chiriquí, vista la solicitud presentada por la asociación panameña de radiodifusión (apr).

Fecha de publicación12 Agosto 2022
Fecha26 Mayo 2022
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29599 Gaceta Oficial Digital, viernes 12 de agosto de 2022 1
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la cual la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos modifica la Resolución AN No.
17331-RTV de 6 de diciembre de 2021, a través de la cual se prorrogó la vigencia de
concesión otorgada a la concesionaria SERTRA BAJO
O,
S.A., para que continúe prestando
el Servicio de Radio Abierta Tipo A, identificado con el No. 801, a través de la frecuencia
104.1 MHz desde Volcán Barú, provincia de Chiriquí, vista la solicitud presentada por la
Asociación Panameña de Radiodifusión (APR)."
EL ADMINISTRADOR GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1.
Que el Decreto Ley No.
1Ode22
de febrero de 2006, reestructuró el Ente Regulador de
los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos
(ASEP), como organismo autónomo del Estado, con competencia para controlar,
regular y fiscalizar la prestación de los servicios de electricidad, agua potable,
alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, radio y televisión, así como los de
transmisión y distribución de gas natural;
2.
Que a través de la Ley No. 24 de 30 de junio de 1999, reglamentada por los Decretos
Ejecutivos No.189 de
13
de agosto de 1999 y No.
111
de 9 de mayo de 2000, se
establece el régimen jurídico aplicable a los servicios públicos de radio y televisión;
3.
Que es función de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos otorgar, en nombre
del Estado, las concesiones, licencias y autorizaciones para prestar los servicios
públicos de radio y televisión y velar por la eficaz utilización de las frecuencias
asignadas a cada una de las concesiones que sean otorgadas para estos servicios;
4.
Que en el artículo
18
de
la
citada Ley No, 24 de 1999, se establece que las concesiones
para operar estaciones de radio o de televisión tendrán una vigencia de veinticinco (25)
años, que se prorrogarán automáticamente por periodos adicionales y consecutivos de
veinticinco años cada uno, siempre que el concesionario se encuentre cumpliendo los
requisitos y obligaciones que establezcan la Ley, sus reglamentos y las resoluciones
que emita la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos;
5.
Que el artículo 32 del Decreto Ejecutivo No. 189 de
13
de agosto de 1999, que establece
el Procedimiento de Prórroga de las concesiones de los servicios de Radio y Televisión,
señala entre otras cosas, que los concesionarios deben presentar sus respectivas
solicitudes de prórroga automática entre los dos (2) y cuatro (4) años antes del
vencimiento de sus respectivas concesiones y que para ello, se deben utilizar los
períodos que esta Autoridad convoque para el otorgamiento de concesiones Tipo B.
Asimismo, dispone que a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos le
corresponde definir, mediante resolución motivada, los criterios que deben cumplir los
concesionarios de los Servicios Públicos de Radio y Televisión, para determinar si
cumplen con todos los requisitos y obligaciones que establecen la Ley,
su
Reglamento
y las Resoluciones que emita la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos;
6.
Que, con fundamento
en
lo anterior, esta Autoridad Reguladora emitió la Resolución
AN No. 16403-RTV de
19
de octubre de 2020, a través de la cual se establecieron los
requisitos que deben cumplir los concesionarios de los Servicios de Radio y Televisión,
para solicitar, sin costo alguno, la prórroga automática de sus respectivas concesiones;
7.
Que, de acuerdo con los registros de la ASEP, durante el proceso de prórroga
convocado a través de la mencionada Resolución AN No. 16403-RTV de 19 de
octubre de 2020, se emitieron las Autorizaciones para el Uso de Frecuencia (AUF) de
ochenta (80) concesiones de frecuencias de Radio Abierta, que corresponden a las
treinta y cuatro (34) empresas concesionarias, cuyas solicitudes de prórroga fueron
tramitadas entre noviembre del año 2020 y diciembre del año 2021;

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