Resolución AN N° 17667-RTV. Por la cual, la autoridad nacional de los servicios públicos modifica la resolución an no. 17332-rtv de 6 de diciembre de 2021, a través de la cual se, prorrogó la vigencia de la concesión otorgada a la concesionaria radio informacion, s.a., para que continúe prestando el servicio de radio abierta tipo a, identificado con el no. 801, a través de las frecuencias 104. 5 mhz desde cerro azul y, 105.9 mhz desde cerro canajagua, vista la solicitud presentada por la asociación panameña de radiodifusión (apr).

Fecha de publicación11 Noviembre 2022
Fecha26 Mayo 2022
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29661 Gaceta Oficial Digital, viernes 11 de noviembre de 2022 1
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AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
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332-RTV
de
6
de
diciembre
de
2021, a través
de
la cual se ,Prorrogó la vigencia
de
la
concesión otorgada a la concesionaria RADIO INFORMACJON, S.A., para que continúe
prestando el Servicio
de
Radio Abierta Tipo A, identificado con el
No.
801, a través
de
las
frecuencias 104. 5 MHz desde Cerro Azul
y,
105. 9 MHz desde Cerro Canajagua, vista la
solicitud presentada
por
la Asociación Panameña
de
Radiodifusión (APR)."
l.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
EL ADMINISTRADOR GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006, reestructuró el Ente Regulador de
los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos
(ASEP), como organismo autónomo del Estado, con
competenci~
para controlar, regular
y fiscalizar la prestación de los .servicios .de electricidad, agua potable, alcantarillado
sanitario, telecomunicaciones, 1 radio y .·televisión,. así como los de transmisión y
distribución de gas natural; · ' ·' -
Que a través de la Ley No. 24 de
30
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de 1999,· reglamentada por los Decretos
Ejecutivos No.189;
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para prestar los servicios públicos
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veinticinco años cada
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siempre que\el concésionario se encuentre cumpliendo los
requisitos y obligaciones que establezcánla Ley, sus :reglamentos y las resoluciones que
emita la Autoridad Nacional de los Servidos. Públicos;
Que el artículo 32 del Decreto Ejecutivo No. 189 de
13
de agosto de 1999, que establece
el Procedimiento de Prórroga de las concesiones de los servicios de Radio y Televisión,
señala entre otras cosas, que los concesionarios deben presentar sus respectivas
solicitudes de prórroga automática entre los dos (2) y cuatro (4) años antes del
vencimiento de sus respectivas concesiones y que para ello, se deben utilizar los períodos
que esta Autoridad convoque para el otorgamiento de concesiones Tipo B. Asimismo,
dispone que a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos le corresponde definir,
mediante resolución motivada, los criterios que deben cumplir los concesionarios de los
Servicios Públicos de Radio y Televisión, para determinar si cumplen con todos los
requisitos y obligaciones que establecen la Ley, su Reglamento y las Resoluciones que
emita la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos;
Que, con fundamento en lo anterior, esta Autoridad Reguladora emitió la Resolución
AN No. 16403-RTV de
19
de octubre
de
2020, a través de la cual se establecieron los
requisitos que deben cumplir los concesionarios de los Servicios de Radio y Televisión,
para solicitar, sin costo alguno, la prórroga automática de sus respectivas concesiones;
Que, de acuerdo con los registros de la ASEP, durante el proceso de prórroga convocado
a través de la mencionada Resolución AN No. 16403-RTV de 19 de octubre de 2020,
se emitieron las Autorizaciones para el Uso de Frecuencia (AUF) de ochenta (80)
concesiones de frecuencias de Radio Abierta, que corresponden a las treinta y cuatro (34)
empresas concesionarias, cuyas solicitudes de prórroga fueron tramitadas entre
noviembre del año 2020 y diciembre del año 2021;
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