Resolución AN N° 17668-RTV. Por la cual, la autoridad nacional de los servicios públicos modifica la resolución an no. 17333-rtv de 6 de diciembre de 2021, a través de la cual se prorrogó la vigencia de la concesión otorgada a la concesionaria zafiro holding, s.a., para que continúe prestando el servicio de radio abierta tipo a, identificado con el no. 801, a través de las frecuencias 99. 7 mhz desde volcán barú; 97.7 mhz desde cerro azul; y, 89.1 mhz desde cerro canajagua, vista la solicitud presentada por la asociación panameña de radiodifusión (apr).

Fecha de publicación12 Agosto 2022
Fecha26 Mayo 2022
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29599 Gaceta Oficial Digital, viernes 12 de agosto de 2022 1
"Por la cual, la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos modifica la Resolución
AN
No.
17
333-RTV
de 6 de diciembre de 2021, a través de la cual se prorrogó la vigencia de la concesión
otorgada a la concesionaria
ZAFIRO
HOLDING,
S.A.,
para
que continúe prestando el Servicio
de Radio Abierta Tipo A, identificado con el No. 801, a través de las frecuencias 99. 7
MHz
desde
Volcán Barú; 97. 7
MHz
desde .Cerro Azul;
y,
89.1
MHz
desde Cerro Canajagua, vista la solicitud
presentada
por
la Asociación Panameña de Radiodifusión (AP R). "
EL
ADMINISTRADOR
GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
l.
Que el Decreto Ley No. 1 O de
22
de febrero de 2006, reestructuró el Ente Regulador de los
Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP),
como organismo autónomo del Estado, con competencia para controlar, regular y fiscalizar
la prestación de los servicios de electricidad, agua potable, alcantarillado sanitario,
telecomunicaciones, radio y televisión, así como los de transmisión y distribución de gas
natural;
2.
Que a través de la Ley No .. 24 de 30 de junio de 1999, reglamentada por los Decretos
Ejecutivos No.189 de
13
de agosto de 1999 y No.
111de9
de mayo de 2000, se establece el
régimenjurídico aplicable
alas
servicios públicos de radio y televisión;
3.
Que es función de la Autoridad
Naciona~
de los Servicios Públicos otorgar, en nombre del
Estado, las concesiones, licencias y autorizaciones para prestar los servicios públicos de radio
y televisión y velar por la eficaz utilización de
las
frecuencias asignadas a cada una de las
concesiones que sean otorgadas para
esto~
servicios;
4.
Que en el artículo
18
de
~a
citada Ley No. 24 de 1999, se establece que las concesiones para
operar estaciones de radio ó de televisión 'tendrán una vigertda de veinticinco (25) años, que
se prorrogarán automáticamente por periodos adicionales y consecutivos de veinticinco años
cada uno, siempre que el concesionario se encuentre cumpliendo los requisitos y obligaciones
que establezcan la Ley, sús reglamentos y las resoluciones que emita la Autoridad Nacional
de los Servicios Públicos;
5. Que
el
artículo 32 del Decreto Ejecutivo No. 189 de
13
de agosto de 1999, que establece el
Procedimiento de Prórroga de las concesiones de los servicios de Radio y Televisión, señala
entre otras cosas, que los concesionarios deben presentar sus respectivas solicitudes de
prórroga automática entre los dos (2) y cuatro ( 4) años antes del vencimiento de sus
respectivas concesiones y que para ello, se deben utilizar los períodos que esta Autoridad
convoque para el otorgamiento de concesiones Tipo B. Asimismo, dispone que a la
Autoridad Nacional de los Servicios Públicos le corresponde definir, mediante resolución
motivada, los criterios que deben cumplir los concesionarios de los Servicios Públicos de
Radio y Televisión, para determinar si cumplen con todos los requisitos y obligaciones que
establecen la Ley, su Reglamento y las Resoluciones que emita la Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos;
6.
Que, con fundamento en
lo
anterior, esta Autoridad Reguladora emitió
la
Resolución AN
No. 16403-RTV de 19 de
octubre
de 2020, a través de la cual se establecieron los requisitos
que deben cumplir los concesionarios de los Servicios de Radio y Televisión, para solicitar,
sin costo alguno, la prórroga automática de sus respectivas concesiones;
7. Que, de acuerdo con los registros de la ASEP, durante el proceso de prórroga convocado a
través de la mencionada Resolución AN No. 16403-RTV de 19
de
oCtubre
de
2020, se
emitieron las Autorizaciones para el Uso de Frecuencia (AUF) de ochenta (80) concesiones
de frecuencias de Radio Abierta, que corresponden a las treinta y cuatro (34) empresas
concesionarias, cuyas solicitudes de prórroga fueron tramitadas entre noviembre del año
2020 y diciembre del año 2021;
~

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