Resolución AN N° 17929-RTV. Por la cual se levanta la cura otorgada a la concesionaria kerum intercontinental, s.a., para iniciar la transmisión de la frecuencia 100.3 mhz, conforme a los parámetros técnicos autorizados, para la prestación del servicio público de radio abierta.

EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Fecha03 Octubre 2022
Fecha de publicación27 Octubre 2022
No. 29653 Gaceta Oficial Digital, jueves 27 de octubre de 2022 1
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·
~~
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
EL ADMINISTRADOR GENERAL ENCARGADO,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
l.
Que el Decreto Ley No.
10
de
22
de
febrero
de
2006, reorganizó la estructura del Ente
Regulador
de
los Servicios Públicos, bajo el nombre
de
Autoridad Nacional
de
los Servicios
Públicos, como organismo autónomo
del
Estado, encargado
de
regular y controlar la
prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado
sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y
distribución
de
gas natural;
2.
Que por medio de la Ley No. 24 de 30
de
junio
de
1999, reglamentada en los Decretos
Ejecutivos No. 189 de
13
de agosto de 1999 y No.
111
de 9 de mayo
de
2000, se establece el
régimen jurídico que regula los servicios públicos
de
radio y televisión;
3. Que
es
función
de
esta Autoridad Reguladora, fiscalizar las actividades
de
los concesionarios
a fin de asegurar el cumplimiento por parte de éstos, de todas las obligaciones que les impone
la normativa legal vigente, así como también, para garantizar la continua y eficaz operación
de
los servicios autorizados;
4. Que
de
acuerdo con el artículo
21
de
la
Ley No.24
de
1999, los concesionarios de los
servicios públicos
de
Radio y Televisión están obligados a rectificar, corregir o remediar
cualquier violación o incumplimiento de las disposiciones legales o reglamentarias, dentro
de
los plazos que, para esos efectos, establezca esta Autoridad Reguladora;
5. Que esta Autoridad Reguladora, mediante Contrato de Concesión No. 16-18 de 22 de febrero
de
2018, otorgó a la concesionaria KERUM INTERCONTINENTAL, S.A., la concesión
sobre la frecuencia 100.3 MHz, advirtiendo que debía instalar equipos e iniciar operaciones
dentro del periodo de un (1) año, contado a partir del
28
de mayo de 2018, fecha en que se
refrendó el contrato antes mencionado;
6.
Que
el
3
de
diciembre de 2019, esta Autoridad Reguladora realizó inspección a las
instalaciones
de
la concesionaria KERUM INTERCONTINENTAL, S.A., para corroborar
el inicio de la operación
de
la concesión, en la que constató que si bien la concesionaria había
instalado equipos, no había iniciado operaciones;
7.
Que posteriormente, en atención a solicitud presentada por la concesionaria KERUM
INTERCONTINENTAL, S.A., para modificar los parámetros técnicos
de
la frecuencia
100.3 MHz, esta Autoridad Reguladora, mediante Resolución AN No. 15862-RTV
de
10
de
diciembre
de
2019, aprobó el traslado del sitio
de
transmisión.ubicado en Santa Fe, provincia
de
Darién
al
nuevo sitio ubicado en Metetí, provincia de Darién; el reemplazo del sistema
radiante marca OMB por un sistema marca OMB, modelo VERLB, con patrón de radiación
omnidireccional, en un arreglo compuesto por seis (
6)
elementos orientados hacia los
31
Oº,
con ganancia de 9
dB
y la modificación de la potencia efectiva radiada
(P
.E.R.)
de
41, 3 72.14
a 34,565,274 vatios;
8.
Que esta Autoridad Reguladora, en razón que la concesionaria KERUM
INTERCONTINENTAL, S.A.
no
había iniciado operaciones, mediante la Resolución AN
No. 16003-RTV
de
20 de febrero de 2020, le otorgó un periodo de cura administrativa de seis
(
6)
meses, para que opere la frecuencia 100.3 MHz, conforme a los parámetros técnicos
autorizados;
9.
Que la concesionaria KERUM INTERCONTINENTAL, S.A. presentó por escrito las
razones que le impedía operar la frecuencia 100.3 MHz con los parámetros técnicos i

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