Resolución AN N° 18107-RTV. Por la cual rechaza la solicitud de prórroga de la vigencia de la concesión presentada por la sociedad bianca jazz corp., para la prestación del servicio de radio abierta, tipo a, identificado con el no. 801, a través de la frecuencia 103.3 mhz, desde volcán barú, provincia de chiriquí.

Fecha de publicación30 Enero 2024
Fecha13 Diciembre 2022
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29960-A Gaceta Oficial Digital, martes 30 de enero de 2024 1
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se rechaza la solicitud de prórroga de la vigencia de la concesión presentada por la
sociedad BIANCA JAZZ CORP., para la prestación del Servicio de Radio Abierta, Tipo A,
identificado con el No. 801, a través
de
la frecuencia 103.3 MHz, desde Volcán Barú, provincia
de Chiriquí."
EL
ADMINISTRADOR GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
l.
Que el Decreto Ley No.
10
de
22
de
febrero de 2006, reorganizó la estructura del Ente
Regulador de los Servicios Públicos, bajo
el
nombre
de
Autoridad Nacional
de
los Servicios
Públicos, como organismo autónomo del Estado, encargado
de
controlar, regular y fiscalizar
la prestación
de
los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad,
telecomunicaciones, radio y televisión, así como los
de
transmisión y distribución de gas
natural;
2.
Que a través de la Ley No.
24
de
30
de junio de 1999, reglamentada por los Decretos
Ejecutivos No.189 de 1 J
de
agosto
de
1999 y No.
111
de 9 de mayo de 2000, se establece el
régimen jurídico aplicable a los servicios públicos
de
radio y televisión;
3.
Que
es
función
de
la
Autoridad Nacional de .los Servicios Públicos otorgar, en nombre del
Estado, las concesiones, licencias y autorizaciones, para prestar los servicios públicos de
radio y televisión y velar por la eficaz utilización de las frecuencias asignadas a cada una
de
las concesi.ones que sean otorgadas para estos servicios;
4. Que la citada Ley 24 de 1999, en.
el
articulo
rs,
establece que las concesiones para operar
estaciones
de
radio o de televisión tendrán una vigencia
de
veinticinco (25) años , que se
prorrogarán automáticamente por periodos.adicionales y consecutivos de veinticinco años
cada uno,
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siempre que la
c~ncesionaria
se encuentre cumpliendo los requisitos y
obligaciones que estáblezcan la . Ley sus· reglamentos y las resoluciones que emita la
Autoridad Nacional
de
los, Servicios Públicos;
5.
Que el artículo
32
del Decreto Ejecutivo
Nó".
189
de
13
de
agosto de 1999, que establece el
Procedimiento
de
Prórroga
de
las concesiOnes de los servicios
de
Radio y Televisión, señala
entre otras cosas, que los ·conces,
i.onarid.s
Cleberán
presentar sus respectivas solicitudes de
prórroga automática entre los dos
(2)
.;;¡-cuatro
(
4)
años antes del vencimiento
de
sus
respectivas concesiones y que para ello, se deberán utilizar los períodos que esta Autoridad
abra para el otorgamiento
de
concesiones Tipo
B.
Asimismo, dispone que a la Autoridad
Nacional
de
los Servicios Públicos le corresponde definir, mediante resolución motivada,
los criterios que deben cumplir los concesionarios de los Servicios Públicos de Radio y
Televisión, para determinar si cumplen con todos los requisitos y obligaciones que
establecen la Ley, su Reglamento y las Resoluciones que emita la Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos;
6.
Que con fundamento en
lo
anterior, esta Autoridad Reguladora emitió la Resolución AN No.
16403-RTV
de
19
de octubre 2020, a través de la cual se establecieron los requisitos que
deben cumplir los concesionarios
de
los Servicios de Radio y Televisión, para solicitar, sin
costo alguno, la prórroga automática
de
sus respectivas concesiones, y mediante la
Resolución AN No. 17304-RTV de 1 de diciembre de 2021 , se fijó el periodo comprendido
del
13
al
1 7
de
junio
de
2022, para que las concesionarias pudieran presentar dichas
solicitudes
de
prórroga;
7, Que según consta en los archivos de la Autoridad Nacional
de
los Servicios Públicos,
mediante Resolución No. JD-2128
de
3
de
agosto de 2000, se reconoció el derecho de
concesión torgado por el Ministerio
de
Gobierno y Justicia a la concesionaria
BIANCA
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