Resolución AN N° 18913-RTV. Por la cual se autoriza la cesión del derecho de concesión otorgado a la sociedad stereo teluri corp., para operar y explotar el servicio de radio abierta tipo a (no. 801), a través de las frecuencias 92.1 mhz de cerro azul y volcán barú y la frecuencia 92.3 mhz de cerro canajagua, a favor de la concesionaria radio liberación, s.a.

Fecha de publicación23 Enero 2024
Fecha21 Diciembre 2023
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29955 Gaceta Oficial Digital, martes 23 de enero de 2024 1
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"Por la cual se autoriza la cesión del derecho
de
concesión otorgado a la sociedad STEREO
TELURI CORP., para operar y explotar el servicio de Radio Abierta Tipo A (No. 801), a través
de las frecuencias 92.1
MHz
de Cerro Azul y Volcán Barú y la frecuencia 92.3
MHz
de Cerro
Canajagua, a favor de la concesionaria RADIO LIBERACIÓN, S.A."
EL
ADMINISTRADOR GENERAL
en uso
de
sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1.
Que el Decreto Ley 1 O de 22 de febrero de 2006, reorganizó la estructura del Ente Regulador
de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional
de
los Servicios Públicos,
como organismo autónomo del Estado, encargado de controlar, regular y fiscalizar la
prestación
de
los servicios
de
agua potable, alcantarillado · sanitario, electricidad,
telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y distribución
de
gas natural;
2.
Que el artículo 8 del Decreto Ley No.
10
de
2006 antes citado, establece que las empresas
prestadoras de servicios públicos
de
agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad,
telecomunicaciones, radio, televisión y las dedicadas a la transmisión y distribución de gas
natural, están sujetas a la jurisdicción de esta Autoridad, en los términos señalados por dicha
Ley y las respectivas leyes sectoriales;
3.
Que a través de la Ley No. 24
de
30
de junio de 1999, reglamentada por los Decretos
Ejecutivos No. 189
de
13
de agosto de 1999 y No.
111de9
de
mayo
de
2000,
se
establece
el régimen jurídico aplicable a los servicios públicos
de
radio y televisión;
4. Que
es
función de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos otorgar a nombre del
Estado y registrar, las concesiones, licencias y autorizaciones para prestar los servicios
públicos
de
radio y televisión, así como también, asegurar el cumplimiento por parte
de
los
concesionarios
de
todas las obligaciones que les impone la normativa legal vigente, así como
también garantizar la continua y eficaz operación de dichos servicios;
5.
Que de conformidad con el artículo
15
de la citada Ley No. 24 de 1999 y el artículo 106 del
Decreto Ejecutivo No. 189
de
1999, el titular de una concesión para prestar los servicios
públicos de radio o de televisión, podrá cederla, total o parcialmente, previa autorización de
la Autoridad Reguladora, quien autorizará la cesión o transferencia siempre y cuando
se
compruebe que el cesionario reúne y cumple los requisitos que establece la Ley y su
Reglamentación;
6.
Que el artículo
31
del Decreto Ejecutivo No. 189
de
1999, dispone que esta Entidad
autorizará la cesión o transferencia de una concesión siempre y cuando se compruebe que el
cesionario cumple los requisitos
de
nacionalidad establecidos en los artículos
14
y
15
de la
Ley No. 24
de
1999 y cuenta con los requisitos de solvencia, capacidad financiera y
experiencia técnica y administrativa que establecen los artículos 85, 94 y 114
de
dicho
reglamento, según corresponda;
7.
Que mediante la Resolución No. JD-2169 de 3
de
agosto de 2000, esta Entidad Reguladora
reconoció para todos los efectos legales, el derecho
de
concesión otorgado por el Ministerio
de
Gobierno y Justicia, ahora Ministerio de Gobierno, a la concesionaria STEREO TELURI
CORP., mediante el Resuelto No.
511
de 26 de agosto de 1994, para la operación y
explotación
de
las frecuencias 92.1
MHz
de Cerro Azul, Volcán Barú y Cerro Canajagua,
con área de cobertura a nivel nacional;
8.
Que a través de la Resolución AN No. 9267-RTV de 6
de
noviembre de 2015,
de
conformidad con las disposiciones establecidas en la Resolución AN No. 9165-RTV de
19
d.e octubre de 2015, esta Autoridad Reguladora reordenó la frecuencia de Radio
Abierta
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