Resolución AN N° 18963-Elec. Por la cual se modifica el anexo a de la resolución an no. 18387-elec de 25 de abril de 2023 por la cual se aprobó el pliego tarifario del servicio público de transmisión de electricidad, de la empresa de transmisión eléctrica, s.a. (etesa), para el período tarifario del 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2025.

Fecha de publicación08 Febrero 2024
Fecha04 Enero 2024
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
No. 29967 Gaceta Oficial Digital, jueves 08 de febrero de 2024 1
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"Por la cual
se
modifica el Anexo A
de
la Resolución AN No.
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abril
de
2023 por la cual
se
aprobó
el
Pliego Tarifario del Servicio
Públicé
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de
Electricidad, de la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA), para ei-pe
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del 1
de
julio
de
2021 al
30
de
junio
de
2025"
LA
ADMINISTRADORA GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante
el
Decreto Ley 1 O de
22
de febrero de 2006, se reorganizó la estructura del
Ente Regulador de los Servicios Públicos bajo el nombre de Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos (en adelante, la Autoridad Reguladora) organismo autónomo del Estado,
encargado de regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento
de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y
televisión, así como la transmisión y distribución de gas natural;
2.
Que la Ley 6 de 3 de febrero
de
1997, "Por la cual se dicta
el
Marco Regulatorio e
Institucional para la Prestación del Servicio Público
de
Electricidad", establece
el
régimen
al cual se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y
comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación
del
servicio público de
electriCidad;
3. Que el numeral 4 del artículo 9 del Texto Únfoo de la Ley 6 de 1997, preceptúa que le
corresponde a la Autoridad Reguladora establecer los criterios, metodologías y fórmulas
para la fijación
de
tarifas de los servicios públicos
de
electricidad, en los casos en que no
haya libre competencia;
4.
Que el numeral 2 del artículo
96
del Texto Único antes mencionado, establece que para fijar
sus tarifas, las empresas
de
transmisión y distribución prepararán y presentarán, a la
aprobación de la Autoridad Reguladora, los cuadros tarifarios para cada área de servicio y
categoría
de
cliente, los cuales deben ceñirse a las fórmulas, topes y metodología
establecidas;
5.
Que mediante la Resolución AN No. 18387-Elec de
25
de abril de 2023 se aprobó el Pliego
Tarifario del Servicio Público
de
Transmisión de Electricidad,
de
la Empresa
de
Transmisión Eléctrica, S.A. (en adelante, ETESA), para
el
periodo tarifario del 1 de julio
de
2021
al 30 de junio
de
2025;
6.
Que el Pliego Tarifario aprobado indica para los Factores de Pérdidas de Transmisión, que
los mismos
se
revisarán anualmente para considerar los cambios en el comportamiento del
consumo y/o generación para los siguientes años del periodo tarifario; para tal efecto,
ETESA remitirá a la Autoridad Reguladora un informe con los resultados obtenidos del
recálculo de dichos factores;
7.
Que,
de
acuerdo con
lo
anterior, ETESA presentó mediante nota No. ETE-DGC-GT-019-
2023 de
15
de
noviembre de 2023
el
informe con la revisión de los Factores de Pérdidas de
Transmisión considerando los cambios previstos en el comportamiento del consumo y/o
generación para los años tarifarios 3 y
4;
8.
Esta Autoridad Reguladora verificó el citado informe
de
ETESA confirmando que los
valores presentados
de
los Factores
de
Pérdidas de Transmisión son consistentes con los
archivos de cálculo presentados los mismos han variado respecto a los inicialmente
aprobados para las zonas tarifarías 4,
5,
6,
7,
9 y
10,
por
lo
tanto, corresponde modificar el
Pliego Tarifario para actualizar dichos valores;

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