Resolución AN No. 19515-Elec de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 16-08-2024

Fecha16 Agosto 2024
Año2024
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No. fibl6 -Elec Panamá f Q de de2024
"Por la cual se resuelve el recurso de reconsideración presentado por la EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN
ELÉCTRICA CHIRIQUÍ, S.A. (EDECHI), en contra de la Resolución AN No.19409-Elec de 16 de
julio de 2024;'
LA ADMINISTRADORA GENERAL,
En uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
l. Que mediante Resolución AN No.19409-Elec de 16 de julio de 2024,Ia Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos resolvió rechazar Quinientas Sesenta y Tres (563) y aceptar Cuarenta y Cinco
(45) de las solicitudes de eximencias de responsabilidad de las Normas Técnicas por causales de
Fuerza Mayor y Caso Fortuito, presentadas por la EMPRESA DE DISTRIBUCION ELECTRICA
CHIRIQUÍ, S.1,. (EDECHI), correspondientes al informe de interrupciones del servicio eléctrico del
mes de ABRIL de2024:
2. Que, en tiempo oportuno, la Firma Galindo, Arias & López, actuando en su condición de Apoderados
GENETA1ES dE IA EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA CHIRIQUÍ, S.A. (EDECHI),
presentó vía correo electrónico recibido el26 de julio de2024, recurso de reconsideración en contra de la
Resolución AN No. I9409-EIec de 16 de julio de 2024, haciendo referencia a Quinientas Sesenta y Tres
(563) solicitudes de eximencias de las Normas Técnicas por causales de Fuerza Mayor y Caso Fortuito
que fueron rechazadas en dicha Resolución;
3. Que por medio de la Providencia No.0070-2024 de 30 de julio de2024, el recurso de reconsideración fue
admitido y concedido en el efecto suspensivo, tal y como indica el Titulo XI, del Capítulo I, el artículo
170 de la Ley 38 del 31 de julio del2000;
4. eue los Apoderados Generales de la EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA CHIRIQUÍ,
S.A. (EDECHI), fundamentó su recurso de reconsideración con base en las siguientes consideraciones:
4.1LA EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA CHIRIQUÍ, S.A. (EDECHI), fOTMUIó lAS
solicitudes de eximencias cumpliendo con el procedimiento previsto en la Resolución AN N"
1 1 199-Elec de27 de abril de 2017, modificada por la Resolución AN N" 1 1311-Elec de 12 de junio
de20ll, Resolución AN N" 15592-Elec de 12 de agosto de2Ol9 y por la Resolución AN N"15687-
Elec de 23 de septiembre de 2019 en el servicio eléctrico ocurridas en el mes de ABRIL de 2024,
en tiempo oportuno y aportando los archivos digitales requeridos, así como también las pruebas
exigidas en dicha resolución.
4.2Las peticiones de eximencias que formuló oportunamente la EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN
ELÉCTRICA CHIRIQUÍ, S.A. (EDECHI), para el mes de ABRIL 2024 en donde aportó los
Anexos B, C, D y E, fotos certificadas, los informes meteorológicos, procesos de tránsito,
denuncias y reclamos civiles fueron resueltos por la ASEP con la Resolución AN N'19409-Elec de
16 de abril de2024, negando Quinientas Sesenta y Tres (563) solicitudes de eximencias. En esta
misma Resolución se adujo, de manera general y sin ningún esfuerzo mínimo de justificación
racional, que los medios probatorios no eran suficientes para acreditar el hecho exonerativo, a pesar
de que todo el caudal probatorio era conducente y alavezexigidos por la Resolución AN N' 11199-
Elec y sus modificaciones; es decir, los formularios adicionales como: fotos certificadas, informes
meteorológicos para los casos de eximencias por fenómenos atmosféricos y demás documentación
aportada.
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4.3 Sobre las eximencias menores a tres (3)
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