Resolución Ejecutiva N° 1. Que instruye al procurador general de la nación, encargado, para que en nombre y representación del estado ordene lo conducente a efectos de que la fiscalía de asuntos civiles promueva las acciones civiles necesarias, con el propósito de que sean resarcidos los daños y perjuicios ocasionados a bienes en custodia del ministerio de obras públicas, con motivo de un hecho de tránsito ocurrido el 17 de noviembre de 2020

Fecha de publicación06 Junio 2022
Fecha24 Mayo 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
No. 29551 Gaceta Oficial Digital, lunes 06 de junio de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS
RESOLUCIÓN
EJECUTIVA
No.
J
de
~tJ.
de
m~
de 2022
Que instruye
al
procurador general de
la
Nación, encargado, para que en nombre y
representación del Estado ordene
lo
conducente a efectos de que la Fiscalía de Asuntos
Civiles promueva las acciones civiles necesarias, con el propósito de que sean resarcidos los
daños y perjuicios ocasionados a bienes en custodia del Ministerio de Obras Públicas, con
motivo de
un
hecho de tránsito ocurrido el
17
de noviembre de 2020
·:-.)CP..
DE
P,¿¡A.
:.§>
'V-1
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA /
0é-,~~'.~.~~
11
~1v
~..,..
en uso de sus facultades constitucionales y legales, *
~
~~
>
1
*
'
~
Sl:
~~
~
.
;.i;~!i
CONSIDERANDO:
%,.,,
~~
~'
~
'?10
---~~
Que el
17
de noviembre de 2020, se produjo
un
hecho de tránsito en
la
provincia de
_,._
'"'
¡;:
-.....~
distrito de Barú, corregimiento Progreso, poblado de Santa María, vía hacia las fincas
Bananeras, puente sobre el Río Santa María, en el que se vieron involucrados dos
conductores, identificados como Gilberto Méndez, varón, panameño, mayor de edad, con
cédula de identidad personal No.4-159-182, conductor del vehículo Marca GMC, tipo
volquete, color blanco-negro, placa 771696 y Luis Alvarado, varón, panameño, unido, con
cédula de identidad personal
Nº4-l
98-886, quién conducía
el
vehículo Marca Honda, Tipo
Moto, color rojo, con placa M58 l 36;
Que mediante la Resolución No.115 de 8 de julio de 2021, el Juzgado Municipal de Tránsito
del Municipio de Barú, provincia de Chiriquí, decidió responsabilizar
al
conductor Gilberto
Méndez y
le
condenó a pagar los daños y perjuicios ocasionados a
Ja
estructura metálica tipo
puente del Ministerio de Obras Públicas; y
lo
sancionó a pagar la suma de setenta y cinco
dólares con 00/100 (B/.75.00) en concepto de multa por conducir de forma desordenada y
transportar carga sin tomar las medidas de seguridad;
Que según consta en el certificado de Registro Único Vehicular,
el
vehículo con placa única
771696, tipo volquete, Marca GMC, color blanco-negro, chasis IGTI9F4ROHV527002,
modelo General, año 1987, motor 1GTT9F4ROHV527002, VIN 1GTT9F4ROHV527002, es
propiedad de Luis Osear Mendoza Cedeño, con cédula 4-198-480;
Que
la
afectación material del puente modular antes descrito, ha generado un costo de
reparación por
el
monto de ciento cincuenta y dos mil cuatrocientos dólares con 85/100
(B/152.400.85), de acuerdo al informe de
12
de diciembre de 2020, elaborado por
el
ingeniero
Rarnires Jaramillo, director nacional de Puentes del Ministerio de Obras Públicas;
Que el numeral 1 del artículo 220 de la Constitución Política de la República, establece como
una de las atribuciones del Ministerio Público,
la
de defender los intereses del Estado; y de
conformidad con el numeral 3 del artículo 348 del Código Judicial, es atribución especial del
procurador general de la Nación, promover y sostener los procesos necesarios para la defensa
de los bienes e intereses del Estado, observando las instrucciones que sobre
el
particular
reciba del Órgano Ejecutivo;
Que
el
artículo 377 del Código Judicial dispone que para promover acciones civiles o
procesos contencioso administrativos en que sea parte la Nación,
el
procurador general de la
Nación,
el
procurador de la Administración y los fiscales de distrito requerirán de la orden e
instrucciones del Órgano Ejecutivo; -
Que, ante esta situación, es pertinente instruir
al
procurador general de la Nación a efectos de
que, a través del agente del Ministerio Público que corresponda, ejerza las acciones civiles
necesarias en defensa de los intereses del Estado,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR