Resolución Nº 51 a la 55 de 3 de junio de 2008, 'POR LA CUAL SE EXPIDE CARTA DE NATURALEZA'.

República de Panamá

ÓRGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN Y NATURALIZACIÓN

RESOLUCIÓN NÚMERO 51

PANAMÁ, 3 DE JUNIO DE 2008.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que YOVANNI ORTIZ DUQUE nacional de COLOMBIA, mediante apoderado legal solicita al Órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Gobierno y Justicia, que se le conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que establece el ordinal 3o. del artículo 10 de la Constitución Política y la Ley 7a. del 14 de marzo de 1980.

Que con la solicitud se presentan los siguientes documentos:

  1. Cinco Declaraciones Juradas de testigos, rendidas ante el Juzgado Cuarto de Circuito, del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, donde establecen que conocen al peticionario y que ha residido en el país por más de un año.

  2. Certificación expedida por la Dirección Nacional de Migración y Naturalización, donde consta que el peticionario obtuvo Permiso Provisional de Permanencia, mediante Resolución No. 6903 de 6 de octubre de 2005.

  3. Certificación expedida por la Dirección Nacional de Cedulación, donde consta que el peticionario obtuvo cédula de identidad personal No. E-8-96535.

  4. Certificado de Buena Salud, expedido por la Dra. Lily Chong de León

  5. Copia autenticada del pasaporte del país de origen, a nombre de el peticionario, donde se acredita su nacionalidad.

  6. Certificación autenticada, expedida por el Consulado General de Colombia en Panamá, donde se acredita la Ley de Reciprocidad No. 43 de 1 de febrero de 1993, por medio de la cual se establecen las normas relativas a la adquisición, renuncia, pérdida y recuperación de la nacionalidad colombiana a favor del peticionario.

  7. Copia de la Resolución No. 201 de 12 de julio de 2007, expedida por el Tribunal Electoral.

  8. Informe rendido por el Director Nacional de Migración y Naturalización, donde indica que el peticionario, cumple con lo preceptuado en el Artículo 7 de la Ley 7 del 14 de marzo de 1980.

    REF: YOVANNI ORTIZ DUQUE

    NAC: COLOMBIANA

    CED: E-8-96535

    En virtud de que se han cumplido todas las disposiciones constitucionales y legales que rigen sobre la materia.

    RESUELVE:

    EXPEDIR CARTA DE NATURALEZA a favor de YOVANNI ORTIZ DUQUE.

    COMUNÍQUESE Y REGÍSTRESE

    MARTÍN TORRlJOS ESPINO

    PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

    DANIEL DELGADO DIAMANTE

    MINISTRO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

    República de Panamá

    ÓRGANO EJECUTIVO

    MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

    DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN Y NATURALIZACIÓN

    RESOLUCIÓN NÚMERO 52

    PANAMÁ, 3 DE JUNIO DE 2008.

    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

    en uso de sus facultades legales,

    CONSIDERANDO:

    Que DIEGO FERNANDO ZULES AMAYA nacional de COLOMBIA, mediante apoderado legal solicita al Órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Gobierno y Justicia, que se le conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que establece el ordinal 3o. del artículo 10 de la Constitución Política y la Ley 7a. del 14 de marzo de 1980.

    Que con la solicitud se presentan los siguientes documentos:

  9. Cinco Declaraciones Juradas de testigos, rendidas ante el Juzgado Sexto de Circuito, del Primer del Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, donde establecen que conocen al peticionario y que ha residido en el país por más de un año.

  10. Certificación expedida por la Dirección Nacional de Migración y Naturalización, donde consta que el peticionario obtuvo Permiso Provisional de...

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