Resolución de Gabinete N° 117. Que prorroga, a partir del lunes 16 de octubre y hasta el martes 14 de noviembre de 2023, los efectos del artículo 1 de la resolución de gabinete no. 60 de 19 de mayo de 2022, con un aporte del estado hasta por la suma de veinte millones de balboas con 00/100 (b/.20,000,000.00)

Fecha de publicación11 Octubre 2023
Fecha10 Octubre 2023
EmisorCONSEJO DE GABINETE
No. 29887-B Gaceta Oficial Digital, miércoles 11 de octubre de 2023 1
República de Panamá
CONSEJO
DE GABINETE
RESOLUCIÓN DE GABINETE N.0117
De 1 O de octubre de 2023
Que prorroga, a partir del lunes
16
de octubre y hasta el martes
14
de noviembre de 2023, los
efectos del artículo 1 de la Resolución de Gabinete N.º 60 de
19
de mayo de 2022, con un aporte
del Estado hasta por la suma de veinte millones de balboas con 00/100 (B/.20,000,000.00)
EL
CONSEJO DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución de Gabinete
N.
º 60 de
19
de mayo de 2022, conforme fue modificada
por la Resolución N.º
65
de 1 de junio de 2022, la Resolución
N.º
78
de
12
de junio de 2022 y la
Resolución
N.º
80 de
18
de julio de 2022, se estableció en la suma de tres balboas con 25/100
(B/.3.25) por galón de gasolina de
91
y
95
octanos, y de diésel bajo en azufre, el precio del
combustible subsidiado por el Gobierno Nacional con el objeto de estabilizar, de manera temporal,
el
costo del combustible para
el
uso de transporte público de pasajeros y la flota comercial; los
pescadores artesanales de pequeña escala y las embarcaciones dedicadas
al
transporte de pasajeros
en pequeña escala dentro de las aguas jurisdiccionales de la República de Panamá;
al
igual que los
vehículos con matrícula particular registrados en la base de datos de la Autoridad del Tránsito y
Transporte Terrestre;
Que mediante la Resolución de Gabinete
N.º
116 de 20 de octubre de 2022, se prorrogaron, por
un término de tres meses, los efectos del artículo 1 de la Resolución de Gabinete N. º 60 de
19
de
mayo de 2022, con un aporte del Estado de hasta por la suma de trescientos veinte millones de
balboas con 00/100 (B/.320,000,000.00);
Que con la Resolución de Gabinete
N.º
1de12
de enero de 2023, se prorrogaron, por
un
mes, los
efectos del artículo 1
de
la Resolución de Gabinete
N.
º 60 de
19
de mayo de 2022, con un aporte
del Estado de hasta por la suma de treinta millones de balboas con 00/100 (B/.30,000,000.00);
Que a través de la Resolución de Gabinete
N.º
12
de
14
de febrero de 2023 se prorrogaron, por un
término de cuarenta y cuatro días, los efectos del artículo 1 de la Resolución de Gabinete N. º 60
de
19
de mayo de 2022, con un aporte adicional del Estado de hasta por la suma de treinta millones
de balboas con 00/100 (B/.30,000,000.00);
Que mediante la Resolución de Gabinete
N.º
24 de
28
de marzo de 2023, se prorrogaron los efectos
del artículo 1 de la Resolución de Gabinete N. 0 60 de 19 de mayo de 2022; en lo que respecta para
el combustible de
95
octanos hasta el
21
de abril siguiente, y para los demás combustibles hasta el
31
de mayo de 2023, con un aporte del Estado hasta por la suma de treinta millones de balboas
con
001100
(B/.30,000,000.00);
Que, mediante la Resolución de Gabinete
N.
º 50 de 30 de mayo de 2023, se prorrogaron los efectos
del artículo 1 de la Resolución de Gabinete
N.
º 60 de
19
de mayo de 2022; a partir del 1 de junio
y hasta
el
15
de julio 2023, con un aporte del Estado hasta por la suma de catorce millones
trescientos veinticinco mil balboas con 00/100 (B/.14,325,000.00);
Que, mediante la Resolución de Gabinete
N.
º
71
de
11
de julio de 2023, se prorrogaron los efectos
del artículo 1 de la Resolución de Gabinete N. º 60 de
19
de mayo de 2022; a partir del
16
de julio
hasta el
14
de agosto de 2023, con un aporte del Estado hasta por la suma de diez millones de
balboas con 00/100 (B/. l 0,000,000,00);

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