Resolución de Gabinete N° 118. Que aprueba un crédito adicional suplementario al presupuesto general del estado para la vigencia fiscal 2023, con asignación a favor del benemérito cuerpo de bomberos de la república de panamá, por un monto de seis millones doscientos setenta y nueve mil ciento noventa y tres balboas con 00/100 (b/.6,279,193.00)

Fecha de publicación11 Octubre 2023
Fecha10 Octubre 2023
EmisorCONSEJO DE GABINETE
No. 29887-B Gaceta Oficial Digital, miércoles 11 de octubre de 2023 1
República de Panamá
CONSEJO DE GABINETE
RESOLUCIÓN DE GABINETE N.0118
De 1 O de octubre de 2023
Que aprueba un Crédito Adicional Suplementario al Presupuesto General del Estado para la
vigencia fiscal 2023, con asignación a favor del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República
de Panamá, por un monto de seis millones doscientos setenta y nueve mil ciento noventa y tres
balboas con 00/100 (B/.6,279,193.00)
EL CONSEJO DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Nota No. DG-BCBRP-2600-2023,
el
Benemérito Cuerpo de Bomberos de la
República de Panamá, ha solicitado y sustentado la necesidad de un crédito adicional
suplementario a su Presupuesto de Funcionamiento para la vigencia fiscal del año 2023, por un
monto de seis millones doscientos setenta y nueve mil ciento noventa y tres balboas con 00/100
(B/.6,279,193.00);
Que este crédito adicional suplementario tiene la finalidad de incorporar
al
Presupuesto de
Funcionamiento del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, los recursos
necesarios para hacerle frente a los gastos de operación de vital importancia en la institución como
son gastos de seguro de flota vehicular, alimentación a la guardia permanente y combustible;
Que mediante la Resolución No. 103-2023 del
31
de agosto de 2023, fue aprobada la solicitud de
crédito adicional suplementario para el traslado de fondos para la incorporación en el presupuesto
de funcionamiento, para la vigencia fiscal 2023, a fin de cubrir el déficit presupuestario en los
rubros de Seguros, Combustibles y Alimentación;
Que la fuente de financiamiento será a través de saldo en Caja y Banco de la cuenta del Fideicomiso
Nºl00187771 depositado en la Caja de Ahorros y que al
31
de agosto de la presente vigencia
cuenta con un monto de B/.187,606,066.14;
Que según consta en la nota CENA/CRED-263 del
28
de septiembre de 2023, el Consejo
Económico Nacional emitió opinión favorable en sesión celebrada en la misma fecha, para la
concesión del referido crédito y se cuenta con
el
informe favorable sobre la viabilidad financiera
y conveniencia de la Contraloría General de la República, tal como consta a través de la Nota
Núm.3364/2023-DNMySC-AT de 4 de octubre de 2023;
Que después de efectuado el análisis por el Ministerio de Economía y Finanzas, se considera viable
la solicitud del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, en atención a que la
fuente de financiamiento propuesta proviene de saldo en caja y banco, por lo cual se da
cumplimiento a los preceptos contenidos en los artículos 321, 322, 323, 324 y 335 de la Ley 336
del
14
noviembre de 2022;
Que, en virtud de lo anterior, en atención a lo normado en
el
artículo 324 de la Ley 336 de 2022,
en razón a que la solicitud de crédito excede un monto de tres millones de balboas con 00/100
(B/.3,000,000.00), corresponde su aprobación al Consejo de Gabinete, que lo remitirá a la
Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional para su aprobación o rechazo,

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