Resolución de Gabinete N° 126. Que prorroga, a partir del miércoles 15 de noviembre y hasta el jueves 14 de diciembre de 2023, los efectos del artículo 1 de la resolución de gabinete n.º 60 de 19 de mayo de 2022, con un aporte del estado hasta por la suma de diez millones de balboas con 00/100 (b/. 10,000,000.00)

Fecha de publicación15 Noviembre 2023
Fecha14 Noviembre 2023
EmisorCONSEJO DE GABINETE
No. 29910 Gaceta Oficial Digital, miércoles 15 de noviembre de 2023 1
República de Panamá
CONSEJO DE GABINETE
RESOLUCIÓN DE GABINETE
N.
0 126
De
14
noviembre de 2023
Que prorroga, a partir del miércoles
15
de noviembre y hasta
el
jueves 14 de diciembre de 2023,
los efectos del artículo 1 de la Resolución de Gabinete
N.º
60 de
19
de mayo de 2022, con un
aporte del Estado hasta por la suma de diez millones de balboas con 00/100 (B/. l 0,000,000.00)
EL
CONSEJO DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución de Gabinete N. 0 60 de
19
de mayo de 2022, conforme fue modificada
por la Resolución N. º 80 de
18
de julio de 2022, se estableció en la suma de tres balboas con
25/100 (B/.3.25) por galón de gasolina de
91
y 95 octanos, y de diésel bajo en azufre,
el
precio del
combustible subsidiado por
el
Gobierno Nacional con el objeto de estabilizar, de manera temporal,
el costo del combustible para el uso de transporte público de pasajeros y la flota comercial; los
pescadores artesanales de pequeña escala y las embarcaciones dedicadas al transporte de pasajeros
en pequeña escala dentro de las aguas jurisdiccionales de la República de Panamá; al igual que los
vehículos con matrícula particular registrados en la base de datos de la Autoridad del Tránsito y
Transporte Terrestre;
Que mediante la Resolución de Gabinete N.
º U 6 de 20 de octubre de 2022, se prorrogaron, por
un término de tres meses, los efectos
del
artículo 1 de la Resolución de Gabinete N. º 60 de
19
de
mayo de 2022, con un aporte del Estado de hasta por la suma de trescientos veinte millones de
balboas con 00/l 00 (B/.320,000,000.00);
Que con la Resolución de Gabinete
N.º
1
de
12
de enero de 2023, se prorrogaron, por un mes, los
efectos del artículo 1 de la Resolución de Gabinete
N.º
60 de
19
de mayo de 2022, con un aporte
del Estado de hasta por la suma de treinta millones de balboas con 00/100 (B/.30,000,000.00);
Que a través de la Resolución de Gabinete
N.
º
12
de 14 de febrero de 2023 se prorrogaron, por un
término de cuarenta y cuatro días, los efectos del artículo 1 de la Resolución de Gabinete N.º 60
de 19 de mayo de 2022, con un aporte adicional del Estado de hasta por la suma de treinta millones
de balboas con 00/100 (B/.30,000,000.00);
Que mediante la Resolución de Gabinete N.º 24 de 28 de marzo de 2023, se prorrogaron los efectos
del artículo 1 de la Resolución de Gabinete N. º 60 de
19
de mayo de 2022; en lo que respecta para
el combustible de
95
octanos hasta el
21
de abril siguiente, y para los demás combustibles hasta el
31
de mayo de 2023, con un aporte del Estado hasta por la suma de treinta millones de balboas
con 00/100 (B/.30,000,000.00);
Que, mediante la Resolución de Gabinete N. º 50 de 30 de mayo de 2023, se prorrogaron los efectos
del artículo 1 de la Resolución de Gabinete
N.º
60de19
de mayo de 2022; a partir del 1 de junio
y hasta
el
15
de julio 2023,
con
un aporte del Estado hasta por la suma de catorce millones
trescientos veinticinco mil balboas con 00/100 (B/.14,325,000.00);
Que, mediante la Resolución de Gabinete N.0
71
de
11
de julio de 2023, se prorrogaron los efectos
del artículo 1 de la Resolución de Gabinete
N.º
60 de
19
de mayo de 2022; a partir del
16
de julio
hasta
el
14 de agosto de 2023, con un aporte del Estado hasta por la suma de diez millones de
balboas con 00/100 (B/.10,000,000,00);

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