Resolución de Gabinete N° 139. Que aprueba la estrategia nacional de innovación del sistema interconectado nacional (enisin) y crea la comisión interinstitucional de coordinación y seguimiento para la formulación de la estrategia nacional de innovación del sistema interconectado nacional (cisin), a efectos de que realice los trabajos necesarios para la adopción e implementación de la estrategia nacional de innovación del sistema interconectado nacional (enisin), con el apoyo de las instituciones públicas, universidades, empresas y asociaciones del sector privado

Fecha de publicación13 Diciembre 2022
Fecha06 Diciembre 2022
EmisorCONSEJO DE GABINETE
No. 29681-A Gaceta Oficial Digital, martes 13 de diciembre de 2022 1
República de Panamá
CONSEJO DE GABINETE
RESOLUCIÓN DE GABINETE N.0 139
De 6 de diciembre de 2022
Que aprueba la Estrategia Nacional de Innovación del Sistema Interconectado Nacional (ENISIN)
y crea la Comisión Interinstitucional de Coordinación y Seguimiento para la formulación de la
Estrategia Nacional de Innovación del Sistema Interconectado Nacional (CISIN), a efectos de que
realice los trabajos necesarios para la adopción e implementación de la Estrategia Nacional de
Innovación del Sistema Interconectado Nacional (ENISIN), con el apoyo de las instituciones
públicas, universidades, empresas y asociaciones del sector privado
EL CONSEJO DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que la política energética del Estado tiene como finalidad garantizar la seguridad del suministro,
el uso racional y eficiente de los recursos y la energía, de manera sostenible y bajo criterios de
eficiencia económica, confiabilidad y calidad, protegiendo
el
medio ambiente y respetando la
seguridad jurídica de las inversiones;
Que el artículo 1 de la Ley
43
de 2011, reorganizó la Secretaría Nacional de Energía como una
entidad del Órgano Ejecutivo, adscrita
al
Ministerio de la Presidencia; rectora del sector energía,
cuya misión es formular, proponer e impulsar la política nacional de energía con la finalidad de
garantizar la seguridad del suministro, y el uso racional y eficiente de los recursos y la energía de
manera sostenible, según el plan de desarrollo nacional y dentro de parámetros económicos,
competitivos, de calidad y ambientales;
Que el artículo 3 de la Ley
43
de 2011, establece que la conducción del sector energía le
corresponde a la Secretaría Nacional de Energía y de acuerdo con lo que de manera respectiva
dispone el artículo 4 de la propia excerta legal, le corresponde al Órgano Ejecutivo dictar la política
energética del país a partir de las formulaciones, propuestas y recomendaciones que haga la
Secretaría, como parte de las políticas públicas para el desarrollo económico y social del país;
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la citada Ley
43
de 2011, la Secretaría
Nacional de Energía tendrá funciones relativas a la planeación y planificación estratégica y

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