Resolución de Gabinete N° 26. Que autoriza al ministerio de seguridad pública, a suscribir con la empresa mapfre panamá, s.a., la adenda nº4 al contrato de servicio nºda-017-2022, para el "servicio de póliza de seguro colectivo de vida y salud", por la suma de doce millones quinientos veintitrés mil setecientos cuarenta y seis balboas con 80/100 (b/.12,523,746.80)

Fecha de publicación11 Marzo 2024
Fecha05 Marzo 2024
EmisorCONSEJO DE GABINETE
No. 29986 Gaceta Oficial Digital, lunes 11 de marzo de 2024 1
República de Panamá
CONSEJO
DE
GABINETE
RESOLUCIÓN
DE
GABINETE N.0 26
De 5 de marzo
de
2024
Que autoriza
al
Ministerio
de
Seguridad Pública, a suscribir con la empresa MAPFRE PANAMÁ,
S.A., la Adenda Nº4
al
Contrato de Servicio NºDA-017-2022, para
el
"Servicio de Póliza de Seguro
Colectivo de Vida y Salud", por la suma de doce millones quinientos veintitrés mil setecientos
cuarenta y seis balboas con 80/100 (B/.12,523,746.80)
EL
CONSEJO DE GABINETE,
en
uso
de
sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que los estamentos de seguridad pública, incluyendo el Servicio de Protección Institucional, han
contado con cobertura de salud y vida desde el año 2009, a través de ASSA y posteriormente
con la Compañía Internacional de Seguros, de manera que nuestras unidades se han visto
beneficiadas con los servicios de salud que bnnda la póliza contratada;
Que en el año 2015, el Ministerio de Seguridad Pública realizó un procedimiento excepcional
donde la empresa MAPFRE P ANAMA, S.A., presentó la mejor propuesta y por tanto, fue
seleccionada para brindar este servicio durante
cin,co
años; a través del Contrato N.ºDA-036-
2015, correspondiente
al
periodo del 1 de octubre de 2015
al
30 de abril de 2021,
al
cual se le
realizaron nueve adendas. Durante este tiempo, la empresa MAPFRE P ANAMA S.A., prestó el
servicio de manera ininterrumpida a pesar,
dela
pandemia por la COVID-19, y que la entidad no
pudo cumplir con los pagos de forma oportuna; ·
Que debido a la situación por la cual atravesaba el país producto de la pandemia de la COVID-
19,
la asignación de los recursos financieros por parte del Estado, estaban dirigidos a atender y
enfrentar la situación sanitaria, aunado
al
hecho que los precios del mercado superaban los
recursos presupuestarios con los cuales contaba la entidad para contratar el servicio de póliza,
por lo que no se pudo realizar un procedimiento de selección de contratista para adquirir este
serv1c10;
Que la empresa MAPFRE P ANAMA S.A. continuó brindando el servicio a los estamentos de
seguridad del Estado, por lo que para formalizar el pago del mismo se realizó un procedimiento
excepcional de contratación con fundamento en el numeral 1 del artículo 79 del Texto Único de
la Ley 22 de 2006, que regula la Contratación Pública, ordenado por la Ley
153
de 2020, el cual
abarcó el periodo comprendido del 1 de mayo
al
31
de agosto de 2021 con dicha empresa
aseguradora, quien presentó su propuesta manteniendo los precios de la contratación anterior,
es
decir, la prima inicial pactada desde el año 2015;
Que como resultado del proceso de contratación por procedimiento excepcional
el
Ministerio de
Seguridad Pública procedió a suscribir el Contrato de Servicio NºDA-022-2021, con la empresa
MAPFRE P ANAMA S.A., para cumplir con la obligación de pago
del
mes de mayo a agosto de
2021;
Que mediante la Adenda No.l
al
Contrato de Servicios NºDA-022-2021, se honró el
compromiso de pago con la empresa MAPFRE P ANAMA, S.A.,' para el período comprendido
del 1 de septiembre de 2021
al
28 de febrero de 2022;
Que debido a la necesidad de la entidad de mantener la cobertura de los funcionarios
beneficiarios de las pólizas de salud y vida, y atendiendo a la asignación presupuestaria, se

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