Resolución de Junta Directiva N° 007. Por medio de la cual se aprueba el programa de vigilancia a los proveedores de servicios de navegación aérea (ansp).

Fecha de publicación20 Marzo 2023
Fecha14 Febrero 2023
EmisorAUTORIDAD AERONÁUTICA CIVIL
No. 29743-A Gaceta Oficial Digital, lunes 20 de marzo de 2023 1
RESOLUCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA No.007
(De 14 de febrero de 2023)
"Por medio de la cual se aprueba el Programa de Vigilancia a los Proveedores de Servicios
de Navegación Aérea (ANSP)."
LA JUNTA DIRECTIVA DE
LA
AUTORIDAD AERONÁUTICA CIVIL
En uso de sus facultades legales y;
CONSIDERANDO:
Que a la Autoridad Aeronáutica Civil le corresponde dirigir y reglamentar los servic10s de
transporte aéreo; regular y prestar servicios a la navegación aérea, a la seguridad operacional y
aeroportuaria; la certificación y administración
de
aeródromos, incluyendo su regulación,
planificación, operación, vigilancia y control, según
lo
establece
el
artículo 2 de la Ley No. 22
de
29
de enero
de
2003, Que crea la Autoridad Aeronáutica Civil y deroga el Decreto
de
Gabinete
13de1969;
Que la Ley
No.
22
de
29
de
enero
de
2003, Que crea la Autoridad Aeronáutica Civil y deroga el
Decreto de Gabinete 13
de
1969; establece en
el
artículo
4,
que La Autoridad Aeronáutica Civil
estará a cargo de un Director General que tendrá su representación legal y será responsable
de
su
dirección superior y titular
de
las atribuciones que las leyes y reglamentos le confieren;
Que el numeral
22
del artículo 3 de la
Ley
No.
22
de
29
de
enero
de
2003, Que crea la Autoridad
Aeronáutica Civil y deroga el Decreto
de
Gabinete 13 de 1969; establece entre las funciones
de
la
AAC: fiscalizar
el
estricto cumplimiento
de
la Ley de Aviación Civil y de la reglamentación que
dicte en uso
de
sus facultades, para
lo
cual tendrá potestades
de
inspección permanente
de
explotadores, aeronaves, fábricas, talleres y personal aeronáutico, establecimientos educativos
aeronáuticos, aeródromos y aeropuertos, en todos los aspectos que así
lo
requieran;
Que la citada Ley 22, en su artículo
7,
numeral 5 faculta al Director General
de
la Autoridad
Aeronáutica Civil a elaborar los planes y programas
de
la Autoridad Aeronáutica Civil y
presentarlos para la aprobación
de
la Junta Directiva;
Que la Ley No.22 de
29
de
enero de 2003, Que crea la Autoridad Aeronáutica Civil y deroga el
Decreto
de
Gabinete
13
de
1969, designa a la Junta Directiva de la Autoridad Aeronáutica Civil
corno órgano encargado de establecer y administrar las políticas superiores
de
transporte aéreo en
Panamá, y en
el
numeral 3, del artículo 21, de la misma excerta legal, preceptúa entre sus funciones
específicas, la de aprobar los planes y programas presentados por
el
Director General de la
Autoridad Aeronáutica Civil;
Que
el
numeral
8,
del
artículo
21
de la Ley No.22 de
29
de enero
de
2003, establece entre las
funciones
de
la Junta Directiva, la de aprobar y remitir,
al
Órgano Ejecutivo, para su debida
promulgación toda la reglamentación y normativa necesaria para garantizar la seguridad y
eficiencia del sistema
de
transporte aéreo en la República
de
Panamá;
Que
el
programa de vigilancia tiene corno objetivo establecer la planificación, la organización y
las frecuencias en que deben ser desarrolladas las actividades de inspecciones a un proveedor de
servicios
de
navegación aérea, de forma que los inspectores realicen las vigilancias;
Que la Republica de Panamá, como Estado signatario del Convenio sobre Aviación Civil
Internacional
de
1944, es
Seguridad Operacional; en materia
de

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