Resolución Nº 22 de 28 de agosto de 2008, "POR LA CUAL SE MODIFICAN LAS RESOLUCIONES NO. 010-2000 DE 10 DE OCTUBRE DE 2000 Y NO. 20 DE 11 DE JULIO DE 2008"

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO PÚBLICO

Procuraduría General de la Nación

Resolución No.22

(De 28 de agosto de 2008)

"Por la cual se modifican las Resoluciones No. 010-2000 de 10 de octubre de 2000 y No. 20 de 11 de julio de 2008.

LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Panamá establece en su artículo 219 como una de las atribuciones del Ministerio Público la de perseguir los delitos y contravenciones de disposiciones constitucionales y legales, y a partir de la reforma introducida mediante el Acto Legislativo N° 1 del año 2004, reconoce en el artículo 49 el derecho de toda persona a obtener bienes y servicios de calidad, información veraz, clara y suficiente sobre las características y el contenido de los bienes y servicios que adquiere; así como a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y justo.

Que en concordancia con las enunciadas disposiciones constitucionales, en el nuevo Código Penal se tipificaron los Delitos contra la Libre Competencia y los Derechos de los Consumidores y Usuarios, para combatir las prácticas que distorsionan el funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios y ocasionan perjuicios a los consumidores y usuarios.

Que la entrada en vigencia de este Código y la naturaleza de las referidas conductas requiere que sean atendidas por agencias de instrucción especializadas, observándose que las Fiscalías Tercera, Decimotercera y Decimocuarta de Circuito, especializadas en Fraude Bancario y Tarjetas de Crédito, investigan Delitos Financieros, Blanqueo de Capitales, Quiebra, Uso indebido de Tarjetas de Crédito y Débito, materias relacionadas con los mercados financieros, que constituyen una de las clasificaciones de los mercados en general.

Que por las atribuciones que tienen estas fiscalías especializadas, se hace necesario darles una denominación más acorde con sus competencias en materia de investigación, teniendo presente que el término financiero conlleva actividades relativas a la banca, valores, seguros, entre otras, relacionadas con el dinero.

Que a través de la Resolución N° 20 de 11 de julio de 2008, se facultó a distintas Fiscalías del Primer, Segundo, Tercero y Cuarto Distrito Judicial, en atención a su especialidad, para que asumiera el conocimiento de los delitos Contra La Libertad e Integridad Sexual, Contra el Ambiente, y el Ordenamiento...

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