Resolución J.D. Nº 08-06 de 3 de enero de 2007, "MODIFICAR EL ARTICULO PRIMERO DE LA RESOLUCION No. 001-06 DEL 2 DE MAYO DEL 2006"

RESOLUCION J.D. No. 08-06

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD MARITIMA INTERNACIONAL DE PANAMA, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley No.40 de 1 de diciembre de 2005, se crea la Universidad Marítima Internacional de Panamá.

Que la Universidad Marítima Internacional de Panamá es una universidad oficial de la República de Panamá, autónoma, con personalidad jurídica, patrimonio propio, especializada en el Sector Marítimo y que cuenta con respaldo local, regional e internacional.

Que la Universidad Marítima Internacional de Panamá está constituida por autoridades, docentes, personal administrativo, investigadores, estudiantes y servidores públicos.

Que el Artículo 9 de la Ley 40 de 1 de diciembre del 2005, señala que la Junta Directiva de la Universidad Marítima Internacional de Panamá es el órgano superior de decisión, cuyo funcionamiento se regirá por lo que establezca el estatuto orgánico y el resto de su estructura orgánica.

Que la Junta Directiva de la Universidad Marítima de Panamá es la responsable de la elaboración del estatuto orgánico y de su posterior aprobación en un lapso de tiempo que no exceda los doce (12) meses, contado a partir de la promulgación de la presente Ley.

Que con fundamento a la Resolución de J.D. No. 001-06, de 2 de mayo del 2006, se nombra al Capitán Allard como Rector Provisional de la Universidad Marítima Internacional de Panamá.

Que en el Artículo Primero, de dicho parágrafo se establece que al Capitán Orlando Allard, como Rector Provisional de la Universidad Marítima Internacional de Panamá no recibirá emolumento alguno de parte de este centro educativo.

Que actualmente la Contraloría General de la República ha señalado en este sentido, que no podrá efectuarse pagos por representación ni viáticos, cada vez que ejerza su representatividad inherentes a su cargo, fuera del ámbito universitario, debido a que la palabra emolumento...

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