Resolución N° 001-2015. Por la cual se aprueban en el banco de desarrollo agropecuario las modificaciones y adiciones efectuadas por la comisión feci al programa de préstamos 0%.

Fecha de publicación02 Octubre 2015
Fecha17 Marzo 2015
EmisorBANCO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
No. 27881 Gaceta Oficial Digital, viernes 02 de octubre de 2015 1
Banco de Desarrollo Agropecuario
RESOLUCION Núm.
001-2015
(De 17 de marzo de
2015)
Por la cual se aprueban en el Banco de Desarrollo
Agropecuario
las modificaciones y adiciones efectuadas por la Comisi6n
FECI
al Programa de Préstamos
0%
EL COMITE EJECUTIVO DEL BANCO DE DESARROLLO
AGROPECUARIO,
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES
LEGALES,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 1 y 6 de la Ley 13 de 25 de enero de 1973,
modificada
por la Ley 86 de 20 de septiembre de 1973 y la Ley 19 de 29 de enero de 1974, el Banco
de
Desarrollo Agropecuario, es administrado por el Comité Ejecutivo y el Gerente General,
con
la finalidad de proporcionar financiamiento a los programas de desarrollo agropecuario y
proyectos
agro-industriales,
organizando la asistencia crediticia a los productores del sector
agropecuario de escasos recursos y sus grupos organizados, dando atenci6n especial al micr
o
,
pequeño y mediano
productor;
Que el artículo 1 de la Ley 4 de 17 de mayo de 1994 establece que los prestamos
locales
destinados al sector agropecuario calificado y al sector agroindustrial exportador
de
productos no tradicionales tendrán derecho a un descuento en la tasa de interés pactada
con
el banco o entidad financiera
prestamista,
los que serán reembolsados aplicándoles
las
retenciones que efectúen los bancos y entidades financieras por acciones que dispone la
Ley;
Que el parágrafo 2, articulo 2 de la Ley 4 de 1994, dispone que la aplicaci6n de esa ley
será
determinada por una Comisi6n, denominada Comisi6n FECI, integrada por el Ministro
de
Economía y Finanzas, el Director General de Ingresos y el Superintendente de Bancos o
por
la persona en quien se delegue la
representaci6n;
Que de conformidad con el numeral 8, articulo 4 de la citada Ley 4 de 1994, corresponde
a
la Superintendencia de Bancos fijar el monto especifico del descuento en la tasa de
interés
,
en préstamos concedidos al sector agropecuario calificado y al sector
agroindustrial
exportador de productos no
tradicionales;
Que a través de la Resoluci6n de la Comisi6n FECI-001-2014 de 6 de octubre de
2014,
publicada en la gaceta oficial digita127657 del viernes 7 de noviembre de 2014, se
resolvi6:
AUMENTAR hasta en CINCO POR CIENTO (5.0%)
e1
descuento en la tasa de interés
en
los préstamos que se
otorguen,
a partir de la promulgaci6n de esa Resoluci6n y hasta el
31
de diciembre de 2016, para la nueva producci6n o aumento en la producci6n de una serie
de
productos
alimenticios.
Que en atenci6n a lo que dispone el artículo 3 del Decreto Ejecutivo 29 de 8 de agosto
de
1996, el Ministerio de Desarrollo Agropecuario present6 nuevas solicitudes motivadas
para
que sea considerada ante la Comisi6n FECI la inclusión en el Programa de Apoyo al
Agro
los rubros de cacao en grano y bovino ceba, y la exclusión de los refinanciamient
o
s,
préstamos para cancelar obligaciones en otros bancos y los financiamientos para la
compra
de cualquier
vehículo
.
Que fue aprobada la Resoluci6n de la Comisi6n FECI-001-2015 de 24 de febrero de
2015,
publicada en la gaceta
oficial27732
del miércoles 4 de marzo de 2015, que dispuso
adicionar
el Artículo Primero de
laResoluci6nde laComisi6n
FECI-001-2014 de 6 de octubre de
2014
,
los rubros cacao en grana y bovino
ceba.

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