Resolución Nº 001 de Superintendencia de Bancos, 2018

Año2018
Fecha21 Diciembre 2018
Número de resolución001
Tipo de documentoResolution
SecciónPrevención
REPÚBLICA DE PANAMÁ
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
RESOLUCIÓN DE PREVENCIÓN PARA OTROS SUJETOS
OBLIGADOS FINANCIEROS No. 0001-2018
(de 21 de diciembre de 2018)
“Por la cual se establece la metodología para el cálculo de los costos de inspecciones a
otros sujetos obligados financieros”
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que a raíz de la emisión del Decreto Ley No. 2 de 22 de febrero de 2008, el Órgano
Ejecutivo elaboró una ordenación sistemática en forma de Texto Único del Decreto Ley
No. 9 de 26 de febrero de 1998 y todas sus modificaciones, la cual fue aprobada
mediante el Decreto Ejecutivo No. 52 de 30 de abril de 2008, en adelante la Ley Bancaria;
Que de conformidad con el artículo 4 de la Ley Bancaria, la Superintendencia de Bancos
tiene competencia privativa para regular y supervisar a los bancos, el negocio de banca
y a otras entidades y actividades que le sean asignadas por otras leyes;
Que de conformidad con el artículo 22 de la Ley No. 23 de 2015, modificado por el artículo
123 de la Ley No. 21 de 10 de mayo de 2017, se establece los sujetos obligados
financieros que le corresponde a la Superintendencia de Bancos supervisar en materia
de prevención del blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento
de la proliferación de armas de destrucción masiva;
Que de conformidad con el artículo 82 de la Ley No. 21 de 2017, la Superintendencia de
Bancos deberá realizar una inspección a cada sujeto obligado financiero asignado a esta
Superintendencia para su supervisión por disposición de la Ley No. 23 de 2015, con el
objeto de verificar si en el curso de sus operaciones han cumplido con dichas
disposiciones; y que los costos de dicha inspección y sus gastos incidentales serán
pagados por esos sujetos obligados financieros;
Que de conformidad con el numeral 13 del artículo 16 de la Ley Bancaria, son
atribuciones de carácter técnico del Superintendente, ejecutar las inspecciones
ordenadas por este Decreto Ley, por la Junta Directiva y aquellas que considere
necesarias o prudentes;
Que el Acuerdo de prevención para otros sujetos obligados financieros No. 003-2018 de
28 de agosto de 2018, desarrolla el concepto de inspección a otros sujetos obligados
financieros contenido en el artículo 82 de la Ley No. 21 de 2017;
Que el Acuerdo de prevención para otros sujetos obligados financieros No.003-2018,
establece en su artículo 2 que se entenderá por inspecciones a los sujetos obligados
financieros, como el conjunto de acciones llevadas a cabo por la Superintendencia de

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