Resolución Nº 0021-2012 de Superintendencia de Bancos, 2012

Año2012
Fecha15 Mayo 2012
Número de resolución0021-2012
Tipo de documentoResolution
SecciónResoluciones Junta Directiva
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN SBP- J.D. No.0021-2012
(de 15 de mayo de 2012)
“Por la cual se reconoce la calidad de funcionario de Carrera del Supervisor
Bancario a ocho (8) colaboradores adicionales
CONSIDERANDO:
Que, a raíz de la emisión del Decreto Ley 2 del 22 de febrero de 2008, el Órgano
Ejecutivo elaboró una ordenación sistemática en forma de texto único del Decreto
Ley 9 de 26 de febrero de 1998 y todas sus modificaciones, la cual fue aprobada
mediante Decreto Ejecutivo 52 de 30 de abril de 2008, en adelante la Ley
Bancaria;
Que la Ley Bancaria crea la Carrera del Supervisor Bancario, que se desarrollará
mediante un sistema de administración de recursos humanos para estructurar,
sobre la base del mérito y la eficiencia, las normas, los procedimientos y el plan de
compensación, aplicables a los servidores públicos al servicio de la
Superintendencia;
Que el Artículo 26 de la Ley Bancaria establece que la Junta Directiva es el
Órgano competente para adoptar, mediante Resolución, las disposiciones,
reglamento interno de trabajo, manuales y políticas necesarias para poner en
ejecución las normas de la Carrera del Supervisor Bancario;
Que, con fundamento en el Artículo 26 de la Ley Bancaria, la Junta Directiva de la
Superintendencia adoptó el Sistema Evaluación de Desempeño esta Institución;
Que, el Artículo 29 de la Ley Bancaria establece que los funcionarios que ingresen
a la Superintendencia de acuerdo con las normas de reclutamiento y selección,
establecidas en la Ley Bancaria y en las normas adoptadas para poner en
ejecución la Carrera, adquirirán la calidad de funcionarios de carrera tan pronto
cumplan un período de prueba no menor de dos años continuos, con una
evaluación satisfactoria;
Que, la Dirección de Recursos Humanos de la Superintendencia de Bancos,
mediante el Memorando SBP-DRH-M-2574-2012 de 16 de abril de 2012, ha
comunicado que, al 16 de abril de 2012, ocho (8) colaboradores adicionales que
ingresaron a la Superintendencia conforme a las normas de selección y
reclutamiento, han cumplido con el período de prueba no menor de dos años
continuos y con una evaluación satisfactoria, requisitos que establece el Artículo
29 de la Ley Bancaria, para incorporarse a la Carrera del Supervisor Bancario;
Que la Dirección de Recursos Humanos de la Superintendencia de Bancos ha
presentado, a consideración de la Junta Directiva en su calidad de Órgano del
Comité de Carrera, el reconocimiento de los colaboradores que han adquirido
entre el 1 de marzo de 2012 y el 16 de abril de 2012, la condición de funcionarios
de Carrera del Supervisor Bancario, según se describe en el Artículo Primero de
esta Resolución;

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