Resolución Nº 006-2020 de Superintendencia de Bancos, 2020

Año2020
Fecha08 Junio 2020
Número de resolución006-2020
SecciónResoluciones Generales
Tipo de documentohttp://vlex.com/31706/document_types1,Resolution
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN GENERAL No. SBP-RG-0006-2020
(de 8 de junio de 2020)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que, por medio de Resolución de Gabinete No. 11 de 13 de marzo de 2020, se declaró el Estado
de Emergencia Nacional como consecuencia de los efectos generados por la enfermedad
infecciosa COVID-19;
Que, mediante la Resolución No. 492 de 6 de junio de 2020 del Ministerio de Salud (MINSA), se
restringe la movilidad de las personas, utilizando como base para ello, el sexo y el número de
cédula en el caso de los nacionales y el número de pasaporte para los extranjeros que se
encuentren dentro de las provincias de Panamá y Panamá Oeste;
Que, la Superintendencia de Bancos ante la decisión adoptada por el Ministerio de Salud, a través
de la referida Resolución, considera necesario reevaluar la prórroga de la suspensión de los
términos procesales y administrativos, debido a que las restricciones de movimiento de las
personas pueden implicar limitaciones a los derechos de los usuarios, clientes y consumidores
bancarios, de todos los regulados, otros sujetos obligados y público en general;
Que, por lo anterior, la Superintendencia de Bancos ha considerado necesario prorrogar la
suspensión de los términos procesales y administrativos, establecida inicialmente en la Resolución
General SBP-RG-0001-2020 de 18 de marzo de 2020, y sus prórrogas, por quince (15) días hábiles
adicionales, es decir, desde las ocho de la mañana (8:00 a.m.) del día de hoy, 8 de junio, hasta el
28 de junio de 2020, sin que ello implique el cierre de la Superintendencia de Bancos, ni la
suspensión de labores;
Que, de conformidad con lo antes expuesto, el que suscribe, el Superintendente de Bancos;
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: PRORROGAR la suspensión de los términos procesales y administrativos,
establecida en la Resolución General SBP-RG-0001-2020 de 18 de marzo de 2020, prorrogada
mediante la Resolución General SBP-RG-0002-2020 de 3 de abril de 2020, Resolución General
SBP-RG-0003-2020 de 24 de abril de 2020, y la Resolución 0005-2020 de 20 de mayo de 2020,
por quince (15) días hábiles adicionales, es decir, desde las ocho de la mañana (8:00 a.m.) del día
de hoy, 8 de junio, hasta el día 28 de junio de 2020, sin que ello implique el cierre de la
Superintendencia de Bancos, ni la suspensión de labores.
ARTÍCULO SEGUNDO: EMITIR Aviso al Público y Circulares remisorias al Sistema Bancario y
Fiduciario, y otros sujetos obligados financieros, comunicando la prórroga de la suspensión de los
términos procesales y administrativos.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículos 4, 13, 16, Ordinal I, Numerales 16 y 27, y Ordinal II,
Numeral 6 y 11 de la Ley Bancaria. Artículo 68 de la Ley 38 de 2000.
Dada en la ciudad de Panamá, a los ocho (8) días del mes de junio de dos mil veinte (2020).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
Amauri A. Castillo

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