Resolución N° 006. Por medio de la cual se impone una salvaguardia especial agrícola bajo el tratado de promoción comercial vigente entre panamá y los estados unidos de américa sobre determinadas fracciones de yogurt.

Fecha de publicación02 Marzo 2022
Fecha16 Febrero 2022
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS
No. 29486 Gaceta Oficial Digital, miércoles 02 de marzo de 2022 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
MINISTERIO
DE
COMERCIO
E
INDUSTRIAS
OFICINA
DE
NEGOCIACIONES
COMERCIALES
INTERNACIONALES
DIRECCIÓN
NACIONAL
DE
ADMINISTRACIÓN
DE
TRATADOS
COMERCIALES
INTERNACIONALES
Y
DE
DEFENSA
COMERCIAL
RESOLUCIÓN
No.
006
De
16
de
febrero
de
2022.
Por
medio
de
la
cual
se
impone una
salvaguardia especial
agrícola
bajo
el
Tratado de
Promoción
Comercial
vigente
entre
Panamá
y
los
Estados
Unidos
de América
sobre
determinadas
fracciones
de
yogurt.
LA
DIRECTORA
NACIONAL
DE
ADMINISTRACIÓN
DE
TRATADOS
COMERCIALES
INTERNACIONALES
Y
DEFENSA
COMERCIAL
en
uso
de
sus
facultades
legales,
CONSIDERANDO:
Que
el
Decreto
Ley
7
de
15
de
febrero
de
2006,
“Que
establece
Normas para
la
Protección
y
Defensa
de
la
Producción
Nacional
y
dicta
Otras
Disposiciones”
y
el
Decreto
Ejecutivo
No.
1
de
8
de
enero
de
2009
que
lo
reglamenta;
contienen
las
disposiciones que
regulan
los
procesos
de
investigación
y
activación
de
los
mecanismos
especiales
de
salvaguardia
derivados
de
Acuerdos
Comerciales
Internacionales
suscritos
por
la
República
de
Panamá.
Que
la
Dirección
Nacional
de
Administración
de
Tratados
Comerciales
Internacionales
y
de
Defensa
Comercial
tiene
la
función
de
velar
por
la
adecuada
ejecución
y
cumplimiento
de
los
tratados
y
acuerdos
en materia
comercial, ratificados
por
la
República
de
Panamá.
Que
la
Dirección
General
de
Defensa
Comercial
es
la
Autoridad
Investigadora,
encargada
de
la
tramitación
e
instrucción
de
la
investigación
y
cualquier
diligencia
necesaria
para
asegurar
el
curso
adecuado
de
los
procedimientos
administrativos
establecidos
para
la
aplicación
de
los
mecanismos
de
salvaguardia
establecidos
en
los
acuerdos
comerciales
vigentes.
Que
el
Tratado de
Promoción
Comercial
vigente
entre
la
República
de
Panamá
y
los
Estados
Unidos
de
América,
adoptado
mediante
Ley
53
de
13
de
diciembre
de
2007,
establece
un
mecanismo
especial
de
salvaguardia
agrícola
para
determinadas
mercancías.
Que
el
Tratado
de
Promoción
Comercial
suscrito
entre
la
República
de
Panamá
y
los
Estados
Unidos
de
América
en su
artículo
3.17,
establece
que
una
parte
podrá
aplicar una
medida
en
la
forma
de
un
derecho
de
importación adicional
sobre
una
mercancía
agrícola
originaria
listada
en
el
anexo
3.17
del
acuerdo.
Que
en
el
anexo
3.17
del
Tratado
de
Promoción
Comercial
que
mantienen
vigente
la
República
de
Panamá
y
los
Estados
Unidos
de
América,
se establece
una
lista
de
productos
agrícolas
originarios
sujetos
al
Mecanismo Especial
de
Salvaguardia
Agrícola
y
sus
respectivos
niveles
de
Activación,
entre
los
cuales
se
encuentran
determinadas
fracciones
arancelarias
de
yogurt
bajo
contingente,
para
las
que
se
contempla
la
activación
automática
del
mecanismo cuando
las
importaciones de
estas
fracciones
superen
el
nivel
de
activación
del
110%
de
dicho
contingente.
Que
el
Decreto
Ejecutivo
No.1
de
8
de
enero
de
2009
en
su
articulo
196,
dispone que
el
procedimiento
para
la
aplicación
del
mecanismo
será
conducido
en
forma
sumaria
y
acelerada
y
que
su
objetivo
es
la
confirmación
de
hechos
concretos
que
autoricen
la
aplicación
de
una
medida
unilateral
y
por
un
plazo
muy
breve.
Que
el
Decreto
Ejecutivo
No.
1
de
8
de enero
de
2009
en
su
articulo
195,
establece
que
el
procedimiento de
aplicación
de
este
mecanismo
es
excepcional
y
automático,
por
lo
cual
en
principio
no
prevé
la
participación
de
partes
interesadas,
sin
menoscabo
que
la
Autoridad
Investigadora
decida
algo
distinto.
Que
mediante
Resolución
005
de
15
de
febrero
de
2022
se
resolvió
dar
inició
a
una
investigación
mediante
procedimiento sumario
y
abreviado
para
confirmar
el
cumplimiento
de
las
condiciones
de
activación
del
mecanismo
especial
de
salvaguardia
agrícola
establecido
en
el
Tratado
de
Promoción
Comercial
vigente
entre
la
República
de
Panamá

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