Resolución N° 007. Por medio de la cual se le concede a la sociedad alliance transport logistics, s.a., autorización para dedicarse a las operaciones de tránsito internacional de mercancías no nacionalizadas.

Fecha de publicación04 Febrero 2022
Fecha12 Enero 2022
EmisorAUTORIDAD NACIONAL DE ADUANAS
No. 29470 Gaceta Oficial Digital, viernes 04 de febrero de 2022 1
‘1.
4-
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
AUTORIDAD
NACIONAL
DE
ADUANAS
Resolución
007
¡2
de
enero
de
2022
“Por
medio
de
la
cual
se
le
concede
a
la
sociedad
ALLIANCE
TRANSPORT
LOGISTLCS,
S.A.,
autorización
para
dedicarse
a
las
Operaciones
de
Tránsito Internacional
de
Mercancías
No
Nacionalizadas”
LA
DIRECTORA
GENERAL
DE
ADUANAS,
en
uso
de
sus
facultades
legales,
CONSIDERADO:
Que
mediante
el
Decreto
Ley
1
de
13
de
febrero
de
2008 se
crea
la
Autoridad
Nacional
de
Aduanas,
como
una
Institución
de
Seguridad
Pública,
con
personalidad
jurídica,
patrimonio
propio,
autonomía
en
su
régimen
interno
y
jurisdicción
en
todo
el
territorio
nacional;
Que
a
través
de
la
Ley
26
de
17
de
abril
de
2013
se
aprueba
el
Protocolo
de
Incorporación
de
la
República
de
Panamá
al
Subsistema
de
Integración
Económica
Centroamericana,
la
cual
adopta
entre otros
instrumentos
jurídicos
el
Código
Aduanero Uniforme
Centroamericano
y
su
Reglamento,
en
adelante
CAUCA
y
RECAUCA;
Que
la
sociedad
ALLIANCE TRANSPORT
LOGISTICS,
S.A.,
con
RUC
807631-1-496948
DV
10, a
través
de
sus
apoderados
legales,
ha
elevado
formal
solicitud
para
la
renovación
de
la
licencia
para
dedicarse
a
las
Operaciones
de
Tránsito Internacional
de
Mercancías
No
Nacionalizadas;
Que
la
sociedad
consignó
la
Fianza
de
Obligación
Fiscal
(1-97)
FI-108933
de
2
de
diciembre
de
2021,
expedida
por Seguros
Sura, S.A.,
por
un
limite
máximo
de mil
balboas
con
00/100
(BLI,000.00)
con
vigencia
hasta
el
8
de
septiembre
de
2024;
Que
la
peticionaria
ha
cumplido
con
los
requisitos
formales
incluyendo
la
consignación
de
la
garantía
a
satisfacción
del
servicio
aduanero
por
lo
que
se
ha
determinado
que
no
hay objeción
a
lo
solicitado;
Por
lo
antes
expuesto,
la
suscrita
Directora
General
de
Aduanas,
en
uso
de
sus
facultades legales
y
administrativas,
RESUELVE:
10
CONCEDER
a
la
sociedad
ALLIANCE
TRANSPORT
LOGISTICS,
SA.,
autorización
para
dedicarse
a
las
Operaciones
de
Tránsito
Internacional
de
Mercancías
No
Nacionalizadas.
ADVERTIR
que
esta
autorización
se
concede
a
partir
del
vencimiento
de
la
Resolución
416
de
21
de
agosto
de
2018: esto
es,
desde
el
9
de
septiembre
de
2021
hasta
el
8
de
septiembre
de
2024.
ADVERTIR
que
lo
no
previsto
en
la
presente
resolución
se
regirá
con
lo
normado
en
la
Ley
26
de
17
de
abril
de
2013,
Decreto
de
Gabinete
12
de
29
de
marzo
de
2016,
Decreto
Ley
1
de
13
de
febrero
de
2008;
Decreto
130
de
29
de
agosto
de
1959
y
demás
legislación concordante.
4’
ADVERTIR
a
la
empresa
ALLIANCE
TRANSPORT
LOGISTICS,
S.A.,
que un
mes antes
del
vencimiento
de
la
presente
autorización
está
obligada
a
solicitar
su
renovación.
50
ADVERTIR
a
la
sociedad
que
el
incumplimiento
de
alguna
de
las
condiciones
establecidas
para
el
otorgamiento
de
la
presente
autorización conducirá
a
la
suspensión
temporal
o
permanente
del
servicio
aduanero.
ADVERTIR
que
contra
la
presente
Resolución
se
podrá
interponer
el
recurso
de
reconsideración dentro
de
los
cinco
(5)
días
hábiles
siguientes
a
la
notificación
de
la
presente

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