Resolución Nº 01 de Superintendencia de Bancos, 2021

Año2021
Fecha05 Enero 2021
Número de resolución01
SecciónFiduciarias
Tipo de documentohttp://vlex.com/31706/document_types1,Resolution
República de Panamá
Superintendencia de Bancos de Panamá
RESOLUCIÓN SBP-FID-0001-2021
(5 de enero de 2021)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que, SERVICIOS FIDUCIARIOS, S.A. o TRUST SERVICES, S.A., es una sociedad anónima
organizada y constituida de conformidad con las leyes de la República de Panamá, autorizada para
ejercer el negocio de fideicomiso en o desde la República de Panamá, al amparo de Licencia
Fiduciaria, otorgada mediante Resolución FID No. 5-97 de 17 de octubre de 1997;
Que, mediante Resolución SBP-FID-A-0002-2017 de 4 de diciembre de 2017, se expidió Certificado
de Acreditación a SERVICIOS FIDUCIARIOS, S.A. o TRUST SERVICES, S.A. a fin de que
continuara ejerciendo el Negocio de Fideicomiso de conformidad con las disposiciones del Régimen
Fiduciario;
Que, SERVICIOS FIDUCIARIOS, S.A. o TRUST SERVICES, S.A., ha presentado mediante
Apoderado Especial ante esta Superintendencia de Bancos, solicitud de Liquidación Voluntaria de
sus operaciones fiduciarias, de conformidad con el Capítulo VIII de la Ley No 21 de 2017, el cual
establece el procedimiento para la Liquidación Voluntaria del Negocio Fiduciario;
Que, corresponde a esta Superintendencia verificar que el proceso de Liquidación Voluntaria de las
operaciones fiduciarias se lleve a cabo cumpliendo con todos los requisitos legales, así como con las
normas que desarrollan el Régimen Fiduciario;
Que, una vez analizada y evaluada la solicitud presentada por SERVICIOS FIDUCIARIOS, S.A. o
TRUST SERVICES, S.A., se ha determinado que la misma no merece objeciones;
Que, de conformidad con el Artículo 6, Numeral 6 de la Ley No 21 de 2017, corresponde al
Superintendente de Bancos resolver sobre las solicitudes como la presente.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar a SERVICIOS FIDUCIARIOS, S.A. o TRUST SERVICES, S.A.,
para iniciar el proceso de Liquidación Voluntaria de sus operaciones fiduciarias de la que es titular,
al amparo de la Licencia Fiduciaria, conforme al Plan de Liquidación presentado ante esta
Superintendencia.
ARTÍCULO SEGUNDO: Téngase como Liquidadores de las operaciones fiduciarias a las siguientes
personas:
Krystian Robinson, varón, de nacionalidad británica, portador de la cédula de identidad
personal No. E-8-148626.
Erica Montenegro, mujer, de nacionalidad panameña, con cédula de identidad personal No.
9-731-406.
Esta Resolución admite Recurso de Reconsideración, que habrá de ser sustentado dentro del
término de cinco (5) días hábiles, contados a partir de su notificación. Admite igualmente, Recurso
de Apelación ante la Junta Directiva de la Superintendencia, que habrá de ser sustentado, dentro del
término de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación de esta Resolución o de la
Resolución que decida el Recurso de Reconsideración.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR