Resolución Nº 013 de Superintendencia de Bancos, 2016

Año2016
Fecha18 Enero 2016
Número de resolución013
SecciónResoluciones SBP
Tipo de documentohttp://vlex.com/31706/document_types1,Resolution
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN SBP-0013-2016
(de 18 de enero de 2016)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que, FIRST CENTRAL INTERNATIONAL BANK, INC. es una sociedad panameña
debidamente inscrita a la Ficha 463926, Documento 677917 de la Sección Mercantil del
Registro Público de Panamá, amparada por una Licencia Bancaria Internacional,
otorgada mediante Resolución S.B. No. 227-2004 de 15 de diciembre de 2004, que le
permite dirigir, desde una oficina establecida en Panamá, transacciones que se
perfeccionen, consuman o surtan sus efectos en el exterior;
Que, FIRST CENTRAL INTERNATIONAL BANK, INC. presentó ante esta
Superintendencia formal solicitud de autorización para iniciar proceso de Liquidación
Voluntaria;
Que, mediante Resolución SBP-0119-2015 de 15 de julio de 2015, esta
Superintendencia autorizó el inicio del proceso de Liquidación Voluntaria del Banco y
cese de operaciones, conforme el Plan de Liquidación presentado;
Que, conforme el plan de Liquidación Voluntaria del Banco, una vez cancelada la
Licencia Bancaria Internacional, la sociedad FIRST CENTRAL INTERNATIONAL
BANK, INC. se convertiría en una sociedad de responsabilidad limitada y quedaría
registrada bajo la denominación social FIRST CENTRAL INTERNATIONAL S.RL.
Que, FIRST CENTRAL INTERNATIONAL BANK, INC. ha comunicado de manera
formal la culminación del proceso de Liquidación Voluntaria;
Que, esta Superintendencia ha verificado la culminación del proceso de Liquidación
Voluntaria conforme el Plan de Liquidación presentado;
Que, conforme lo dispuesto por el Artículo 122 de la Ley Bancaria, y culminado el
proceso de Liquidación, corresponde al Superintendente cancelar la Licencia Bancaria
respectiva.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Dar por culminado el Proceso de Liquidación Voluntaria de
FIRST CENTRAL INTERNATIONAL BANK, INC. aprobado por esta Superintendencia
mediante Resolución SBP-0119-2015 de 15 de julio de 2015.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar sin efecto la Resolución S.B. No. 227-2004 de 15 de
diciembre de 2004, por medio de la cual se otorgó Licencia Bancaria Internacional a
FIRST CENTRAL INTERNATIONAL BANK, INC. y se cancela dicha licencia.
ARTÍCULO TERCERO: Autorizar a FIRST CENTRAL INTERNATIONAL BANK, INC. a
cambiar su razón social por la de FIRST CENTRAL INTERNATIONAL S.R.L.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 16, Literal I, Numeral 5, 17 y 27; Artículo 44,
122 y siguientes de la Ley Bancaria; Acuerdo No.1-81 de 17 de febrero de 1981.
Dada en la Ciudad de Panamá, a los dieciocho (18) días del mes de enero de dos mil
dieciséis (2016).

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