Resolución N° 02-CONDEP-2023. Por la cual se suspende el procedimiento de llenado de vacantes para los cargos y posiciones ocupados por los servidores judiciales de la carrera de la defensa pública que cumplen con el requisito previo de años de servicio en el mismo cargo, establecido en el artículo 304 de la ley 53 de 27 de agosto de 2015, que regula la carrera judicial, para aspirar al reconocimiento de la estabilidad, y se ordena el trámite de evaluación del desempeño para esos servidores judiciales.

Fecha de publicación20 Julio 2023
Fecha14 Julio 2023
EmisorÓRGANO JUDICIAL
No. 29829-A Gaceta Oficial Digital, jueves 20 de julio de 2023 1
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ÓRGANO JUDICIAL
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA CARRERA DE LA DEFENSA PÚBLICA
Resolución N°.02-CONDEP-2023
De 14 de julio de 2023.
Por la cual se suspende el procedimiento de llenado de vacantes para los cargos y posiciones
ocupados por los servidores judiciales de la Carrera de la Defensa Pública que cumplen con el
requisito previo de años de servicio en el mismo cargo, establecido en el artículo 304 de la ley
53 de 27 de agosto de 2015, que regula la Carrera Judicial, para aspirar al reconocimiento de
la estabilidad, y se ordena el trámite de evaluación del desempeño para esos servidores
judiciales.
El Consejo de Administración de la Carrera de la Defensa Pública
en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 304 de la Ley 53 de 27 de agosto de 2015, en su segundo párrafo establece que gozarán
de estabilidad quienes hayan ocupado por más de cuatro años puestos de las carreras públicas del
Órgano Judicial, una vez superadas dos evaluaciones del desempeño con resultados satisfactorios.
Que el Reglamento de la Carrera de la Defensa Pública aprobado mediante Acuerdo N°01 del 02 de
septiembre de 2019 y modificado mediante el Acuerdo N°01-CONDEP-2022 de 19 de septiembre de
2022, en la SECCIÓN 2 de su Capítulo VI, artículos 90 a 92, define el concepto de estabilidad y
establece el procedimiento para su reconocimiento a los servidores de la Carrera de la Defensa
Pública.
Que en cumplimiento de lo establecido por el numeral 1 del artículo 91 del Reglamento de la Carrera
de la Defensa Pública, el 28 de febrero de 2023, el Consejo de Administración de la Carrera de la
Defensa Pública comunicó a los funcionarios interesados el plazo para la presentación del formulario
de estabilidad laboral que fue establecido del 03 de marzo al 03 de abril de 2023.
Que en dicho periodo, a través de la plataforma SIGERH, la Dirección de Gestión Administrativa de
la Secretaría Técnica de Recursos Humanos, recibió, en tiempo oportuno, un total de 638 solicitudes
de estabilidad, de las cuales 230 correspondían a servidores de la Defensa Pública.
Que estas solicitudes fueron analizadas por el Consejo de Administración de la Carrera de la
Defensa Pública a la luz del artículo 304 de la ley que regula la Carrera Judicial, el artículo 90 del
Reglamento de la Carrera de la Defensa Pública.
Que el Consejo de Administración de la Carrera de la Defensa Pública, ha verificado en cada
caso el cumplimiento del requisito previo de años de servicio en el mismo cargo de la Carrera de la

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