Resolución Nº 020 de Superintendencia de Bancos, 2015

Año2015
Fecha02 Febrero 2015
Número de resolución020
SecciónResoluciones SBP
Tipo de documentohttp://vlex.com/31706/document_types1,Resolution
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN SBP-0020-2015
(de 2 de febrero de 2015)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
En uso de sus facultades legales y,
CONSIDERANDO:
Que BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A (BMF) es una entidad bancaria autorizada
para operar como Banco de Microfinanzas, al amparo de una Licencia General para Microfinanzas
otorgada mediante Resolución S.B.P. No.12-2008 de 16 de enero de 2008;
Que, BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A (BMF), en atención a lo establecido en el
Numeral 2 del Artículo 58 de la Ley Bancaria, solicitó a esta Superintendencia autorización para
llevar a cabo el traslado de la agencia de préstamos La Chorrera que actualmente mantiene en
Calle 3ª Matuna y 3 de noviembre, Barrio Colón, edificio Ricord, local 1, La Chorrera, provincia
de Panamá Oeste, hacia su nueva sede que estará ubicada en avenida Las Américas, plaza Las
Américas, local N° 7, corregimiento Barrio Balboa, La Chorrera, provincia de Panamá Oeste, a
partir del 2 de febrero de 2015;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Numeral 2, Literal I, del Artículo 16 de la Ley Bancaria,
corresponde al Superintendente de Bancos autorizar el traslado de establecimientos bancarios y,
Que, efectuados los análisis correspondientes, la solicitud de BANCO G&T CONTINENTAL
(PANAMÁ), S.A (BMF) no merece objeciones.
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Autorizar a BANCO G&T CONTINENTAL (PANAMÁ), S.A (BMF). a
trasladar la Agencia de Préstamos La Chorrera que actualmente mantiene
en Calle 3ª Matuna y 3 de noviembre, Barrio Colón, edificio Ricord, local
1, La Chorrera, provincia de Panamá Oeste hacia su nueva sede que
estará ubicada en avenida Las Américas, plaza Las Américas, local N° 7,
corregimiento Barrio Balboa, La Chorrera, provincia de Panamá Oeste, a
partir del 2 de febrero de 2015.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 58, Numeral 2, y Artículo 16, Literal I, Numeral 2, de la
Ley Bancaria.
Dada en la ciudad de Panamá, a los dos (2) días del mes de febrero de dos mil quince (2015).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
Alberto Diamond R.

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