Resolución N° 022. Por medio de la cual se reglamenta las funciones correspondientes al título de ingeniero en energía y ambiente.

Fecha de publicación10 Junio 2019
Fecha22 Mayo 2019
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS/JUNTA TECNICA DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA
No. 28792-B Gaceta Oficial Digital, lunes 10 de junio de 2019 1
REPUBLTCA DE PANAMA
JUNTA TECNICA DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA
(Ley 15 del 26 de enero de 1959)
Resolucion No.022 de 22 de mayo de 2019
POR TVIEDIO DE LA CUAL SE REGLAMENTA LAS FUNCIONES
CORRESPONDIENTES AL T1TULO DE INGENIERO EN ENERGIA Y AI\4BIENTE
CONSIDERANDO
Que Ia Junta T6cnica de lngenierfa y Arquitectura (JTIA) es una entidad de derecho
priblico creada mediante Ia Ley 15 del 26 de enero de 1959 que regula el ejercicio
de la ingenieriay Ia arquitectura en Panama, modificada por las Leyes 53 de 4 de
febrero de 1963 y No. 21 de 20 de junio de 2007;
Que de conformidad con el Literal c. del Artfculo 12 de la Ley 15 de 26 de enero de
1959 corresponde a la JTIA determinar las funciones correspondientes a los tltulos
de ingenieros y arquitectos;
Que el desarrollo tecnologico en el campo de la ingenierla impone la necesidad de
reglamentar las distintas actividades de esta profesion;
Que los conocimientos acad6micos y t6cnicos para obtener el grado de INGENIERO
EN ENERG1A Y AIMBIENTE representan una de las especialidades de la profesion
de ingenieria;
Que, en la reunion ordinaria de fecha de 22 de mayo de 2019, el Pleno de la JTIA,
en usos de sus facultades legales aprobo la reglamentacion de esta carrera, por Io
cual,
RESUELVE:
PRII/ERO. REGLAMENTAR la profesion de INGENIERO EN ENERG1A Y
AIMBIENTE, como una especializacion de la ingenierla, conforme se dispone en la
presente resolucion;
SEGUNDO. ESTABLECER que el INGENIERO EN ENERGIn y AI\4BIENTE es un
profesional con amplio conocimiento de las actividades en sistemas de energia y
ambiente;
TERCERO. EL INGENIERO EN ENERG1n y ANIBIENTE es et profesional con grado
acad6mico de licenciatura en lngenierla, con los fundamentos esenciales y
competencias para formar parte de los equipos a cargo del disefro, construccion,
instalacion, operacion y mantenimiento de sistemas energ6ticos, mecdnicos y
ambientales;
CUARTO. EL INGENIERO EN ENERGIA Y AIvIBIENTE estd legalmente autorizado
para el ejercicio de la profesion, est6 habilitado para realizar lo siguiente:
1. Disefrar sistemas de energla y procesos industriales que envuelven el transporte
de calor y masa, tales como: aire acondicionado, ventilacion, refrigeracion,
sistemas mec5nicos, t6rmicos y fluldicos.
2. Administrar sistemas energ6ticos y mecdnicos con un enfoque en la optimizacion
de eficiencia.
3. Disefrar, construir, instalar y mantener sistemas de energlas renovables y no
renovables.
4. Desarrollar estudios de eficiencia energ6tica, administracion de Ia energfa y
control de ruido en los sectores comercial, industrial y p0blico

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