Resolución N° 0255. Que declara alerta sanitaria por sarampión en el país, ante la alerta epidemiológica de sarampión en la región de las américas por el incremento de los casos de sarampión a nivel global y la ocurrencia de casos importados en países de la región de las américas.para corregir error involuntario del ministerio de salud en la redacción de la resolución no.0255 de 09 de febrero de 2024, que declara alerta sanitaria por sarampión en el país, ante la alerta epidemiológica de sarampión en la región de las américas por el incremento de los casos de sarampión a nivel global y la ocurrencia de casos importados en países de la región de las américas, publicada en la gaceta oficial digital no. 29974 de 22 de febrero de 2024.

Fecha de publicación22 Febrero 2024
Fecha09 Febrero 2024
EmisorMINISTERIO DE SALUD
No. 29974 Gaceta Oficial Digital, jueves 22 de febrero de 2024 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
MINISTERIO
DE SALUD
RESOLUCIÓN
No. ()-'. S
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-
De
~1
de
~
de2024
Que declara Alerta Sanitaria por Sarampión en el país, ante la Alerta Epidemiológica de
Sarampión en la Región de las Américas por el incremento de los casos de sarampión a nivel
global y la ocurrencia de casos importados en países de la Region de las Américas.
EL
MINISTRO
DE SALUD,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que el articulo 109 de la Constitución Política de la República establece que es función del
estado velar por la salud de la población de la República. El individuo, como parte de la
comunidad, tiene derecho a la promoción, protección restitución y rehabilitación de la salud y la
obligación de conservarla.
Que
el
Decreto de Gabinete 1 del
15
de enero de 1969 crea el Ministerio de salud para la
ejecución de las acciones que por mandato constitucional corresponden
al
estado y establece que
como órgano de la función ejecutiva tiene a su cargo la determinación y conducción de la política
de salud del gobierno en el país.
Que la Ley 66 de 10 de noviembre de 1947 que apruebe el código sanitario establece entre sus
atribuciones que le corresponden
al
Ministerio de Salud, el tomar las medidas necesarias para
hacer desaparecer toda causa de enfermedad comunicable o mortalidad especial, dar orientación
y dictar los lineamientos generales de acción oficial del gobierno, así como el control de todo
factor insalubre de importancia local o nacional.
Que mediante la Ley
38
de 5 de abril de 2011, se adopto el Reglamento Sanitario Internacional
(RSI-2005) como ley de la República, constituyéndose como instrumento internacional legal y
vinculante sobre las medidas para prevenir la transmisión internacional de enfermedades.
Que ante la Alerta Epidemiológica de Sarampión en la región de las Américas declarada por la
Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS, el día
29 de enero de del 2024 ante los retos relacionados a la persistencia de bajas coberturas de
vacunación, al incremento de casos de sarampión a nivel global y la ocurrencia de casos
importados en países de la región de las Américas.
Que ante esta Alerta Global la OPS/OMS insta a los estados miembros a continuar las actividades
para mejorar las coberturas de vacunación contra sarampión, rubeola y parotiditis, la vigilancia
epidemiológica y la preparación de la respuesta rápida a brotes de sarampión, estrategias que
constituyen la clave para la interrupción de la transmisión endémica de estos virus.
Que a la fecha, el sistema de vigilancia epidemiológica no ha reportado casos de sarampión en
nuestro país, pero
es
indispensable que se refuercen las acciones y se realicen los reportes
necesarios para activación de los sistemas de respuesta rápida a nivel nacional, de ser necesarios.
Que Panamá, como país de transito, de turismo frecuente, con un flujo migratorio ilegal que se
ha incrementado en los últimos años, siendo las fronteras áreas de riesgo potencial y
especialmente por la cercanía geográfica con los países de la región afectados por el Sarampión,
(Costa Rica, Argentina, Brasil, Perú, Chile, Estados Unidos y Canadá), corre el riesgo para
el
ingreso de casos importados de esta enfermedad.
Que teniendo en cuenta que el Ministerio de Salud es el ente rector de la Salud Pública del estado
Panameño, ejerciendo su competencia para establecer las medidas que sean necesarias
implementar, tendientes a reducir y minimizar los riesgos a la salud de la población, por la
situación actual del Sarampión en la Región, en consecuencia;

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