Resolución N° 052-2022. Por la cual se instaura la mesa técnica de la comisión de asuntos laborales del consejo nacional consultivo de discapacidad (conadis).

Fecha de publicación31 Mayo 2022
Fecha03 Mayo 2022
EmisorSECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
No. 29548 Gaceta Oficial Digital, martes 31 de mayo de 2022 1
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REPÚBLICA DE
PANAMÁ
-GOBIERNO NACIONAL -
SECRETARÍA
NACIONAL
DE DISCAPACIDAD
República de Panamá
Secretaría Nacional de Discapacidad
RESOLUCIÓN
052-2022
(de 03 de mayo
de
2022)
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"Por la cual se instaura la Mesa Técnica
de
la Comisión
de
Asuntos Laborales del
Consejo Nacional Consultivo de Discapacidad (CONADIS)"
LA DIRECTORA
DE
LA
SECRETARÍA NACIONAL
DE
DISCAPACIDAD Y
SECRETARIA TÉCNICA DEL CONADIS,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que
al
artículo
18
de la Ley No.
23
de 28 de junio de 2007, crea el Consejo Nacional
Consultivo de Discapacidad (CONADIS), como órgano interinstitucional e intersectorial
para garantizar el cumplimiento de los objetivos y los fines que debe cumplir la Secretaría
Nacional de Discapacidad (SENADIS);
Que el artículo 34 del Decreto Ejecutivo No. 8 de 3 de marzo de 2008, dispone que la
SENADIS actuará como Secretaría Técnica del CONADJS, a través de su Director o
Directora;
Que mediante Resolución No. 01-2019 de 3 de diciembre de 2019, se adoptó el Reglamento
Interno del Consejo Nacional Consultivo de Discapacidad, el cual fue publicado
en
Gaceta
Oficial
No.
28917-A de
10
de diciembre de 2019;
Que dicho Reglamento establece en su artículo l. la estructura organizativa y que es de
observancia general, obligatoria y aplicable a todas las entidades que lo integran, en el
cumplimiento de sus funciones ;
Que actualmente la Comisión de Asuntos Laborales del CON AD
IS
viene operando de hecho
más no
de
derecho, por lo que, es
nec~sario
darle vida jurídica como parte fundamental del
trabajo del CONADIS;
Que las comisiones de trabajo del CONADIS estarán integradas por servidores públicos,
representantes de las organizaciones no gubernamentales a fines al tema, personas con
discapacidad, sus familias y cualquier interesado, de acuerdo lo dispuesto en el artículo
15
del Reglamento Interno del CONADIS;
Que
de
acuerdo
al
artículo
16
y
17
del Reglamento Interno del CONADIS, señala que la
Secretaría Técnica del CONADIS, formalizará a través de una resolución, el nombre de cada
una de las comisiones de trabajo, atendiendo a la naturaleza de las funciones a desempeñar y
que tomará en consideración la estructuración que mantienen las comisiones que operan
actualmente;
Que el artículo
18
del Reglamento supra citado, reconoce que las Comisiones tienen como
propósito principal trabajar en promover el cumplimiento de la Política de Discapacidad y el
Plan Estratégico Nacional
(PEN)~
para trabajar de manera transversal
en
cada una de sus
respectivas instituciones;
Que cada una de las Comisiones de Trabajo del CONADIS contará con un coordinador como
figura representativa, que recaerá inicialmente
en
la institución regente del tema y terminado
su período le corresponderá a cada una de las entidades designar un coordinador en lo
sucesivo, con apego a lo dispuesto en el artículo 27 y 28 del Reglamento Interno del
CONADIS;

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