Resolución N° 059/2020. Por la cual no se admite el recurso de apelación en contra de la resolución no. 094-2019 de 26 de diciembre de 2019, interpuesto por los apoderados legales de la empresa backpackers, s.a., inscrita a folio 558970 del registro público de panamá, con denominación comercial hotel backpackers, por incumplir con lo señalado en el artículo 21 de la ley no. 80 de 2012, por estar prestando el servicio de alojamiento público turístico por un término menor a cuarenta y cinco días sin la debida autorización y además por realizar publicidad por la vía electrónica ofreciendo estos servicios.

Fecha de publicación15 Octubre 2020
Fecha01 Octubre 2020
EmisorAUTORIDAD DE TURISMO DE PANAMÁ
No. 29135 Gaceta Oficial Digital, jueves 15 de octubre de 2020 1

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