Resolución N° 065-AG-2015. Por la cual se deshabilita los registros de “néctares de fruta”, que no contengan como mínimo 35% de frutas, salvo aquellos con una elevada acidez o muy pulposos, pero no menos de 25%, hasta tanto no se adecuen a lo establecido en la legislación de la república de panamá.

Fecha de publicación19 Noviembre 2015
Fecha30 Octubre 2015
EmisorAUTORIDAD PANAMEÑA DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS
No. 27911 Gaceta Oficial Digital, jueves 19 de noviembre de 2015 1

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