Resolución N° 07. Que modifica la resolución no. 14 de 8 de agosto de 2022.

Fecha de publicación03 Abril 2023
Fecha21 Marzo 2023
EmisorMINISTERIO PÚBLICO/ PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
No. 29753 Gaceta Oficial Digital, lunes 03 de abril de 2023 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
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MINISTERIO PÚBLICO
Procuraduría General de la Nación
RESOLUCIÓN Nº07
(De
21
de marzo
de
2023)
"Que modifica la Resolución 14 de 8 de agosto
de
2022"
EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que el numeral 4 del artículo 220
de
la Constitución Política de la República de
Panamá establece que una
de
las atribuciones del Ministerio Público es perseguir
los delitos y contravenciones de disposiciones constitucionales y legales;
Que el artículo 68 del Código Procesal Penal desarrolla el texto constitucional al
señalar que el Ministerio Público debe perseguir e investigar los delitos ejerciendo
las acciones derivadas de ellos ante los juzgados y tribunales en que actúe;
Que el artículo 69 del Código Procesal Penal establece como funciones relevantes
del Ministerio Público procurar la solución de los conflictos a través de la aplicación
de los mecanismos alternativos en los casos que autoriza el texto normativo, así
como velar por la protección
de
las víctimas y testigos que pretendan presentar ante
los tribunales;
Que debido a la modificación
de
la dinámica de trabajo
que
implicaba el Sistema
Penal Acusatorio aprobado
por
la Ley 63 de 28
de
agosto
de
2008 y la significativa
cantidad de audiencias inherentes al modelo
de
procedimiento instaurado que se
caracteriza
por
la exaltación
de
la oralidad, la inmediación y el contradictorio, se hizo
necesaria una nueva organización en el Ministerio Público;
Que, en consecuencia, se implementó un modelo que se ha ido ajustando
de
acuerdo con las necesidades del servicio, contando actualmente con un nuevo
Modelo de Gestión aplicado en todo el territorio nacional adoptado, de forma
escalonada, mediante Resolución
22
de 16
de
julio de 2021 , Resolución
11
de
29 de junio de 2022 y Resolución 14
de
8
de
agosto de 2022 con el fin de generar
un mejor escenario para el desarrollo
de
las investigaciones mediante
especialidades, de manera que exista concentración
de
recursos y personal
capacitado en cada una
de
las materias concretas que deban ser atendidas;
Que dicho Modelo de Gestión ha mejorado la eficiencia y eficacia del servicio
brindado, logrando que las causas se mantengan a cargo de un fiscal
re~ponsable
del caso, evitando que la carpeta
de
investigación penal transite, en la fase crucial
de la investigación por varios fiscales, lo que permite mantener una unidad
de
criterio
y mejor control de la calidad del servicio;

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