Resolución Nº 07 de Superintendencia de Bancos, 2019

Año2019
Fecha14 Enero 2019
Número de resolución07
Tipo de documentoResolution
SecciónResoluciones SBP
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN SBP-0007-2019
(de 14 de enero de 2019)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que, BANCO SANTANDER (PANAMÁ), S.A. es una entidad bancaria organizada y existente
conforme la legislación de la República de Panamá, inscrita a Folio Mercantil No. 11418 (S) del
Registro Público de Panamá, titular de una Licencia Bancaria Internacional otorgada por esta
Superintendencia mediante Resolución S.B No. 132-2003 de 3 de septiembre de 2003;
Que, BANCO SANTANDER (PANAMÁ), S.A. solicitó, a través de sus apoderados legales,
autorización para proceder con la Liquidación Voluntaria de sus operaciones;
Que, mediante Resolución SBP-0240-2017 de 22 de diciembre de 2017, esta Superintendencia
autorizó el inicio del proceso de Liquidación Voluntaria de BANCO SANTANDER (PANAMÁ), S.A.;
Que, BANCO SANTANDER (PANAMÁ), S.A. ha culminado del proceso de Liquidación Voluntaria de
conformidad con el plan de liquidación propuesto;
Que, esta Superintendencia ha verificado la culminación del proceso de Liquidación, en cumplimiento
de las disposiciones de la Ley Bancaria;
Que, en adición a lo anterior, los interesados han presentado solicitud de autorización para cambiar la
razón social de la sociedad anónima BANCO SANTANDER (PANAMÁ), S.A. a RV PARTNERS S.A.;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 16, literal I, numeral 5 y el Artículo 122 de la Ley
Bancaria, culminado el proceso de Liquidación corresponde al Superintendente cancelar la Licencia
Bancaria respectiva.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DEJAR sin efecto la Resolución S.B. No. 132-2003 de 3 de septiembre de
2003, por medio de la cual se otorgó Licencia Bancaria Internacional a favor de BANCO SANTANDER
(PANAMÁ), S.A., y CANCÉLESE dicha Licencia.
ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR a BANCO SANTANDER (PANAMÁ), S.A. a cambiar su razón
social por la de RV PARTNERS S.A.
ARTÍCULO TERCERO: Ordenar al Registro Público anotar la marginal correspondiente de
cancelación de la Licencia Bancaria Internacional de BANCO SANTANDER (PANAMÁ), S.A.,
sociedad anónima inscrita en el Registro Público de Panamá a Folio Mercantil No. 11418 (S), tal como
lo dispone el Artículo 122 de la Ley Bancaria.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Decreto Ejecutivo No. 52 de 30 de abril de 2008, Texto Único de la
Ley Bancaria.
Dada en la ciudad de Panamá, a los catorce (14) días del mes de enero de dos mil diecinueve (2019).
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
Ricardo G. Fernández D.

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