Resolución Nº 075 de Superintendencia de Bancos, 2018

Año2018
Número de resolución075
Fecha07 Junio 2018
Tipo de documentoResolution
SecciónResoluciones SBP
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN SBP-0075-2018
(de 7 de junio de 2018)
El SUPERINTENDENTE DE BANCOS INTERINO,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que, BANISTMO S.A. es una sociedad constituida de conformidad con las leyes de la
República de Panamá, inscrita en la Sección Mercantil en el Folio 456744 (S) del Registro
Público de Panamá, con Licencia Bancaria General, emitida por la Superintendencia de Bancos,
mediante Resolución S.B. No. 187-2004 de 2 de julio de 2004;
Que, LEASING BANISTMO S.A. es una sociedad anónima constituida bajo las Leyes de la
República de Panamá, inscrita en la Sección Mercantil en el Folio 191342 (S) del Registro
Público de Panamá;
Que, BANISTMO S.A. es propietaria del 100% de las acciones emitidas y en circulación de
LEASING BANISTMO S.A.;
Que, BANISTMO S.A. y LEASING BANISTMO S.A. entidades que pertenecen a un mismo
Grupo Económico, han presentado ante esta Superintendencia solicitud de autorización para
compartir de manera definitiva oficinas y personal, específicamente la Presidencia;
Vicepresidencia de Riesgos; Vicepresidencia de Estrategia y Finanzas; Vicepresidencia de
Jurídico y Secretaría General; Vicepresidencia de Auditoría; Vicepresidencia de Gestión de lo
Humano; Transformación Digital e Innovación; Vicepresidencia de Comunicaciones y
Desarrollo; Vicepresidencia de Servicios Corporativos; incluyendo el cargo de Gerente General
y Oficial de Cumplimiento;
Que, la autorización sobre banca compartida excluye las áreas y personal de atención al público
(front office), tal como lo dispone el Artículo 2, literal c, del Acuerdo No. 6-2017;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo No.6-2017 de 4 de julio de 2017, la
Superintendencia de Bancos puede autorizar, de manera provisional o definitiva, para que dos o
más bancos y una o varias entidades financieras establecidos en Panamá pertenecientes a un
mismo grupo económico, compartan oficinas y/o personal (incluyendo o no el cargo de gerente
general o posición ejecutiva equivalente), de acuerdo a los criterios que se indican en dicho
Acuerdo;
Que, efectuados los análisis correspondientes, la solicitud de autorización para compartir
personal entre BANISTMO S.A., y LEASING BANISTMO S.A., no merece objeciones;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Literal I, numeral 27, del Artículo 16 de la Ley
Bancaria, y el Acuerdo No.6-2017 de 4 de julio de 2017, corresponde al Superintendente
atender la presente solicitud.
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Autorizar a BANISTMO S.A., y LEASING BANISTMO S.A., para
compartir de manera definitiva oficinas y personal, específicamente en
las áreas de Presidencia; Vicepresidencia de Riesgos; Vicepresidencia
de Estrategia y Finanzas; Vicepresidencia de Jurídico y Secretaría
General; Vicepresidencia de Auditoría; Vicepresidencia de Gestión de
lo Humano; Transformación Digital e Innovación; Vicepresidencia de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR