Resolución N° 088. Que reconoce como organización de carácter social sin fines de lucro a la organización denominada fundación casa del rey jesús.

Fecha de publicación07 Junio 2022
Fecha15 Febrero 2022
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
No. 29552 Gaceta Oficial Digital, martes 07 de junio de 2022 1
.,
REPÚBLICA DE
PANAMÁ
-GOBIERNO NACION>\l. -
MINISTERIO
DE
DESARROLLO
SOCIAL
Resolución No. 088
(De 15 de febrero de 2022)
"Que reconoce como organización de carácter social sin fines de lucro a la organización
denominada FUNDACIÓN CASA
DEL
REY
.JESÚS"
La
Ministra
de
Desarrollo Social
en uso de sus facultades legales,
CONSI.DERANDO:
Que la organización denominada FUNDACIÓN CASA
DEL
REY JESÚS, debidamente inscrita
al
Folio No. 25044608 de la Sección Mercantil del Registro Público Panamá, cuyo representante
legal es el señor
BORIS
ANTONIO V ALDÉS
MORILLO,
varón, panameño, mayor de edad,
con cédula de identidad personal No. 8-745-585, mediante apoderado legal, solicitó a la Ministra
de Desarrollo Social,
el
reconocimiento como organización de carácter social sin fines de lucro;
Que, para fundamentar su petición, la organización presentó la siguiente documentación:
1.
Poder y Solicitud, dirigida a la Ministra
de
Desarrollo Social, donde se solicita
el
reconocimiento como organización
de
carácter social sin fines de lucro (fjs.1-3).
2.
Certificación emitida por la Dirección Regional de Cedulación
de
Panamá Centro,
de
la cédula
de identidad personal del señor
BORIS
ANTONIO V ALDÉS
MORILLO,
representante
legal de la organización (fj.4).
3.
Original de la Escritura Pública No. 3,120
de
22
de
febrero de 2021, expedida por la Notaría
Duodécima del Circuito de Panamá, por la cual se protocolizan los documentos en los que
se
le
confiere la Personería Jurídica a la organización denominada
FUNDACIÓN
CASA
DEL
REY
JESÚS (fjs.66-74).
4.
Certificación del Registro Público de Panamá, donde consta la vigencia y representación legal
de la organización denominada FUNDACIÓN CASA
DEL
REY
JESÚS
(fj.29).
5.
Pruebas documentales que demuestran, de manera fehaciente, que la asociación presta un
servicio social (fjs.33-64);
Que corresponde efectuar el análisis de todos los elementos de juicio, tendientes a la emisión de
un criterio, por lo que, al verificarse la documentación aportada, se pudo constatar que, entre los
principales fines y objetivos de la FUNDACIÓN CASA
DEL
REY
JESÚS, visibles a foja
17
del
expediente administrativo, se encuentran:
1.
Lograr una mejor educación en todos los sectores
de
la Sociedad panameña a fin de que estén
preparados para realizar grandes logros positivos y Aportar el desarrollo nacional.
2.
Fortalecer y proteger la familia como base fundamental de la sociedad.
3.
Fortalecer los valores humanos y cristianos que permiten una convivencia constructiva y
pacífica en la familia panameña
de
cualquier etnia.
4.
Realizar iniciativas que tienen como objetivo educar a los jóvenes a vivir con una visión de
superación personal.
5.
Acompañar y apoyar a los hombres y mujeres que tienen dificultades para acoger una nueva
vida.
Que dentro de las pruebas documentales aportadas por la organizac10n denominada
FUNDACIÓN CASA
DEL
REY
JESÚS,
se
evidencia que la organización tiene como finalidad
brindar un servicio social en beneficio de comunidades o grupos de personas en situación de
vulnerabilidad y pobreza multidimensional;
Que en virtud de que esta superioridad está facultada para otorgar el reconocimiento de carácter
social a todas aquellas asociaciones cuyos objetivos y fines contenidos en sus estatutos
se
ajusten
a las labores de servicio social, conforme
Jo
dispone el artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 230
de
6 de agosto de 2020, se pudo constatar que la organización cumple con los requisitos exigidos
para otorgarle dicho reconocimiento;
Que, fundamentado en lo antes descrito,

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