Resolución Nº 1 de Superintendencia de Bancos, 2003
Año | 2003 |
Fecha | 17 Septiembre 2003 |
Número de resolución | 1 |
Sección | Resoluciones Generales |
Tipo de documento | http://vlex.com/31706/document_types1,Resolution |
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN GENERAL No. 1–2003
(De 17 de septiembre de 2003)
LA SUPERINTENDENTE DE BANCOS
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 47 del Decreto Ley No. 9 de 26 de febrero de 1998, la Junta
Directiva de la Superintendencia de Bancos estableció las condiciones para el cumplimiento del
índice de liquidez legal mínimo mediante Acuerdo No. 2-2000 de 21 de febrero de 2000;
Que, de conformidad con el Artículo 13 del Acuerdo No. 2-2000 antes mencionado, el Índice de
Liquidez Legal se calculará al final de cada semana, y
Que, de conformidad con el Artículo 14 del Acuerdo No. 2-2000, corresponde al Superintendente
de Bancos establecer la forma y plazo de presentación del Informe de Liquidez Legal,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: El Artículo 1 de la Resolución General No. 01-2000 de 23 de febrero de 2000,
quedará así:
ARTICULO 1: Los Bancos Oficiales y demás Bancos de Licencia General presentarán a la
Superintendencia de Bancos el Informe de Liquidez Legal cada semana, a más tardar el día lunes
de la semana siguiente a la reportada.
ARTÍCULO 2: La presente Resolución General entra en vigencia a partir de su promulgación y
publicación en la Gaceta Oficial.
Dado en la ciudad de Panamá, el diecisiete (17) de septiembre de dos mil tres (2003).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
LA SUPERINTENDENTE DE BANCOS,
Delia Cárdenas
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