Resolución N° 101. Por el cual se modifica el artículo 2 de la resolución 620 de 20 de junio de 2022.

Fecha de publicación03 Mayo 2023
Fecha04 Abril 2023
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
No. 29773 Gaceta Oficial Digital, miércoles 03 de mayo de 2023 1
REPIIBLICA DE PAI\IAMÁ
RESOLUCIÓN NO./O I
MIFTISTERIO I}E EDUCACIÓN
Panamá, 4_ a*_W_ de 2023
LA MINISTRA I}E EITUCACIÓN
en uso de sus facultades legales,
CONSII}ERANI}O:
Que mediante Resuelto 60 de 22 de enero de 2020, se aprobaron cinco (5) carreras en la
modalidad semipresencial, al Instituto Superior Politécnico de América, S.A., las cuales $on
a saber:
l. Técnico Superior en Ventas (Bilingüe)
2. Técnico Superior en Guía de Turismo (Bilingue)
3. Técnico Superior en Mercado Trrismo (Bilingüe)
4. Técnico Superior en Recreación y Animación Tr¡rística (Bilingüe)
5. Técnico Superior en Asistente de Cllnica
Que el Comité Nacional de Enferme¡ía mediante, la Nota 973-CNE/2021 de 20 de julio de
202L informa a este Ministerio lo siguiente:
tt. . .
Tenemos conocimiento que actualmenk el Instituto Superior Politécnico
de América (INSPA-UMECIT Panamá), bajo el Resuelto 60 del 22 de
enero del 2020, tiene en ejecución un cutso diseñado 'en dos afios (VI
Cuatrimestres), con la emisión del títr¡lo "Técnico Superior en Asistente de
Clínica", {uB no existe en la estructr¡ra de enfermería y tiene un programa
formativo totalmente alejado de la Ley No. 21 del 23 de junio de 2006 y su
reglamentación, la cual reconoce la camera de Asistente de Clínica. Es
decir, no responde al perfil ocupacional basado en competencias
establecidas, paxa el cargo, donde se intoducen contenidos no relacionados
con las actividades señaladas del articulo 4 del Decreto Ejecutivo No. 987
del I de septiembre de 2015.
Señora Ministra de Salud una vez más, reiteramos nuestro rechazo a estas
decisiones por parte del Ministerio de Educación el cual desconoce y
vulnera nuesfta descripción de cargos y funciones en enfermería.
Consideramos que se requierc una intervención oporhma de tal fbrma que
no ss permita la formación desmedida bajo progamas formativos que no
responden a las funciones ocupacionales y a la emisión de tífulos que
buscan intereses implícitos relacionados con mejora salarial, pero
realizando las mismas tareas. Esta situación generarla un efecto dominó
afectando al sistema de salud en cuanto a la remuneración del resto de los
técnicos del sector salud y por ende de los profesionales de la salud...".
Que como consecuencia de lo anterior, se emite la Providencia SA.{ de I de febrero de 2022,
por la cual se dispone la apertura de rur proceso administativo, a fin de esclarecer los hechos
y determinar las acciones administrativas;
Que producto de las investigaciones realizadas se emite la Resolución 620 de 20 de junio de
2022, donde se resuelve:
"ARTÍCULO l. Ordenar la actualización del plan de estudio de la
carrera Técnico Superior en Asistente de Clínica, al representante
legal del Instituto Superior Politécnico de América, S.A.o conforme
a los requerimientos establecidos en el Decreto Ejecutivo No. 987 de
8 de septiembre de 2015, que reglarnenta la Ley 2l de 23 dejunio de
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