Resolución N° 104/2023. Por el cual se cancela el código de registro de operación de empresas turísticas no.03-06-08146 de fecha 08 de abril de 2014, a nombre del establecimiento de hospedaje público turístico denominado pensión goce, que estuvo ubicado en calle c y calle 16, corregimiento de santa ana, distrito y provincia de panamá, amparado bajo la razón social denominada: l.v. hostal, s.a., sociedad anónima, inscrita al folio no.822862 de la sección mercantil del registro público de panamá y cuyo representante legal es la señora matilde de aguirre, mujer, panameña, mayor de edad, en virtud de que el establecimiento se encuentra cerrado.

Fecha de publicación04 Enero 2024
Fecha05 Septiembre 2023
EmisorAUTORIDAD DE TURISMO DE PANAMÁ
No. 29943 Gaceta Oficial Digital, jueves 04 de enero de 2024 1
REPÚBLICA DE
PANAMÁ
-GOBIERNO NACIONAL -
AUTORIDAD
DE
TURISMO DE
PANAMÁ
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RESOLUCIÓN
No.
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LA
DIRECTORA
DE
INVERSIONES
TURÍSTICAS
DE
LA
AUTORIDAD
DE
TURISMO
DE
PANAMÁ,
EN
USO
DE
SUS
FACULTADES
LEGALES,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Código de Registro de Empresas Turísticas No.03-06-08146 de fecha
08
de
abril de 2014, se inscribió en el Departamento de Empresas y Actividades Turísticas, el
establecimiento de hospedaje público denominado
PENSIÓN
GOCE,
amparado bajo la
razón social denominada: L.V. Hostal, S.A., sociedad anónima, inscrita al folio No.822862
de la Sección Mercantil del Registro Público de Panamá y cuyo representante legal es la
sefiora Matilde de Aguirre, mujer, panameña, mayor de edad, con cédula de identidad
personal No.9-127-586; que estuvo ubicado en calle C y calle 16, corregimiento de Santa
Ana, distrito y provincia de Panamá.
Que a fojas 60 y
61
del expediente reposa el Acta de Evaluación Técnica de fecha 07 de junio
de 2023, mediante el cual se emite el criterio técnico del Departamento de Registro Nacional
de Turismo, indicando que, una vez realizada la inspección el día
11
de enero de 2023, se
percataron que el establecimiento no se encuentra operando, por lo tanto, la recomendación
fue realizar el trámite de cierre del lugar.
Que a fojas 62 y
63
del expediente, reposa el memorando
No.l
19-l-RNT-M-0481-2023 de
fecha 07 de junio de 2023, mediante el cual se reitera la recomendación de proceder con el
cierre del hospedaje público turístico
PENSIÓN
GOCE,
y, en consecuencia, realizar la .
cancelación del código de registro de operación No.03-06-08146 de fecha 08 de abril de
201~,
en vista de que, en la visita realizada, el hospedaje se encontraba cerrado.
Que a foja 59 del expedien,te, consta el memorando
No.l
14-4C-161-2023 de fecha
23
de mayo
de
2023, mediante el cual
la
Sección de Contabilidad de la Dirección de Administración de
Finanzas certifica que el hospedaje
PENSIÓN
GOCE
no mantiene registros contables con
la
Autoridad de Turismo de Panamá.
Que mediante memorando
No
.119-l-RNT-M-0482-2023 de fecha 09 de agosto de 2023, la
Dirección de Inversiones Turísticas solicita la cancelación del código de registro de operación
No.03-06-08146 de fecha 08 de abril de 2014, por las razones previamente expuestas.
Que la Ley No.74 de 22 de diciembre de 1976 reglamentada por el Decreto No.17-B de
01
de
junio
de
1977, señala que entre las facultades que tiene el Instituto Panameño de Turismo, hoy
Autoridad de Turismo de Panamá, están
la
de verificar los establecimientos de hospedaje
público turístico para garantizar la
cl~se
y calidad de las instalaciones y el servicio que se
ofrece.
En virtud de lo anterior, la Directora de Inversiones Turísticas de la Autoridad de Turismo
de Panamá, una vez analizado-s los documentos _ contenidos en el expediente del
establecimiento de hospedaje público denominado
PENSIÓN
GOCE,
en uso de las
facultades legales que le concede el artículo
33
del Decreto Ley No.4 de 27 de febrero de
2008, modificado
por
el artículo 26 de la Ley No.
16
de
21
de abril del 2015,
No. 29943 Gaceta Oficial Digital, jueves 04 de enero de 2024 2
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ENSIÓN
GOCE
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Cancelación del Código
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PRIMERO:
CANCELAR
el Código de Registro de Operación de Empresas Turístic
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03-06-08146 de fecha 08 de abril de 2014, a nombre del establecimiento de hospe
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...-
público turístico denominado PENSIÓN GOCE, que estuvo ubicado en calle C y calle 16,
corregimiento
de
Santa Ana, distrito y provincia de Panamá, amparado bajo la razón social
denominada: L.V. Hostal, S.A., sociedad anónima, inscrita
al
folio No.822862
de
la Sección
Mercantil del Registro Público
de
Panamá y cuyo representante legal
es
la señora Matilde
de
Aguirre, mujer, panameña, mayor
de
edad, con cédula
de
identidad personal No.9-127-586,
en virtud
de
que el establecimiento se encuentra cerrado.
PARÁGRAFO:
INFORMAR
a la sociedad L.V. Hostal, S.A., que contra la presente
resolución cabe el Recurso de Reconsideración ante la suscrita Directora de Inversiones
Turísticas y/o el Recurso de Apelación ante el Administrador General de la Autoridad
de
Turismo
de
Panamá, dentro
de
los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación
respectiva.
OFICIAR copia de la presente resolución a la Dirección General de Comercio Interior del
Ministerio de Comercio e Industrias y
al
Ministerio
de
Economía y Finanzas, para los efectos
cmTespondientes.
ORDENAR la publicación de esta resolución por una sola vez en la Gaceta Oficial.
FUNDAMENTO LEGAL: Decreto Ley No. 4
de
27
de
febrero
de
2008, Ley No.74 de 22
de
diciembre
de
1976 reglamentada por el Decreto No.17-B
de
1
de
junio de 1977, artículo
26
de
la LeyNo.16 de
21
de
abril del 2015.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
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