Resolución N° 107-0Ml-287-DGMM. Por la cual se adopta las disposiciones establecidas en la resolución a.1186(33) del 6 de diciembre de 2023, relativas a las directrices para efectuar reconocimientos de conformidad con el sistema armonizado de reconocimientos y certificación (sarc), 2023.

Fecha de publicación27 Marzo 2024
Fecha29 Febrero 2024
EmisorAUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ / DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA MERCANTE
No. 29998 Gaceta Oficial Digital, miércoles 27 de marzo de 2024 1
AUTORIDAD
MA!\ITI~
DE
PANAMÁ
DIRECCIÓN GENERAL
DE
MARINA MERCANTE
DEPARTAMENTO DE CONTROL Y CUMPLIMIENTO
Resolución No. 107-0Ml-287-DGMM Panamá, 29 de febrero de 2024.
EL SUSCRITO DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA MERCANTE
en uso de las facultades que
le
confiere
la
Ley,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Ley No. 7 de 1 O de febrero de 1998,
se
crea la Autoridad
Marítima de Panamá, y
le
asigna entre sus funciones, recomendar políticas y acciones,
ejercer actos de administración, y hacer cumplir las normas legales y reglamentarias
referentes
al
Sector Marítimo.
Que el Artículo
2,
numeral 5 de
la
Ley
No.
2 del
17
de enero de 1980, establece que
corresponde a
la
Dirección General de Consular y Naves, actualmente
la
Dirección
General de Marina Mercante de
la
Autoridad Marítima de Panamá, "Velar por el estricto
cumplimiento de las normas legales de navegabilidad, seguridad, higiene y prevención
de
la
contaminación del medio ambiente marino por parte de naves panameñas donde
quiera que se encuentren y las de cualquier nacionalidad que se hallen en aguas
territoriales panameñas, así como por el desarrollo ordenado de la navegación en estas
aguas y sancionar las violaciones e incumplimientos de dichas normas".
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lJ'-4
Que el Artículo
30,
numeral 14 del Decreto Ley
No.
7 de 10 de febrero de 1998,
modificado por el artículo 187 de la Ley
No.
57 de 6 de agosto de 2008, establece como
función de
la
Dirección General de Marina Mercante de
la
Autoridad Marítima de
Panamá, "Velar por el estricto cumplimiento y
la
eficaz aplicación de las normas
jurídicas vigentes en
la
República de Panamá, convenios internacionales, códigos o
lineamientos sobre seguridad marítima, prevención de la contaminación y protección
marítima de sus naves".
Que la República de Panamá adoptó el Convenio Internacional para
la
Seguridad de
la
Vida Humana en
el
Mar (SOLAS), 1974, mediante Ley No. 7 de 27 de octubre de 1977;
su
Protocolo de 1978, mediante Ley No.
12
de 9 de noviembre de 1981; y
su
Protocolo
de 1988, mediante Ley No.
31
de
11
de julio de 2007.
Que
la
República de Panamá adoptó
el
Convenio Internacional para Prevenir la
Contaminación por los Buques, 1973, mediante Ley No.
17
de 9 de noviembre de 1981
y
su
Protocolo de 1978 (MARPOL 73/78), mediante Ley
No.
1 de 25 de octubre de
1983; además,
se
adoptó
su
Protocolo de 1997, mediante
la
Ley No.
30
de 26 de marzo
de 2003.
Que
la
República de Panamá adoptó el Convenio Internacional sobre Líneas de Carga,
1966, mediante Ley No. 20 de 23 de octubre 1975 y
su
Protocolo de 1988, mediante
Ley
No.
29 de
11
de julio de 2007.
Que de igual forma, la República de Panamá adoptó el Convenio Internacional para el
Control y
la
Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques, 2004
(Convenio BWM 2004), mediante Ley
No.
41del12
de septiembre de 2016.
Que
la
Conferencia Internacional sobre
el
Sistema Armonizado de Reconocimientos y
Certificación (SARC) de noviembre de 1988, aprobó el Protocolo de 1988 relativo
al
Convenio Internacional para la Seguridad de
la
Vida Humana en el Mar, 1974, y el
Protocolo de 1988 relativo
al
Convenio Internacional Sobre Líneas de Carga, 1966, que
introdujeron, entre otras cosas, el sistema armonizado de reconocimientos y
certificación en virtud del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana
en
el
Mar, 1974, y del Convenio Internacional sobre Líneas de Carga, 1966,
respectivamente.
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